SIN INFORMACION

ESTIMPHAT WISLY/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

17 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo a nombre de Wisly Estimphat, ciudadano haitiano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta número N° 23144041, de 18 de mayo de 2023, que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país. Señala que el amparado que ingresó su solicitud de residencia definitiva el 22 de abril de 2021. El Servicio Nacional de Migraciones le comunicó mediante Comunicación Electrónica N° 35325759 de 9 de marzo de 2023 que su solicitud no se encontraba en condiciones de avanzar por no subsanar documentos requeridos. Posteriormente se rechazó la solicitud por no cumplir con los requisitos exigidos, específicamente por no presentar certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado, y no pagar la sanción migratoria por residencia irregular. Argumenta que el servicio recurrido actuó de manera antojadiza al no solicitar formalmente antecedentes adicionales durante la tramitación, violando el debido proceso administrativo establecido en el artículo 31 de la Ley 19.880. Sostiene que cumplió con todos los requisitos para postular a la residencia definitiva y que la resolución carece de fundamento, siendo desproporcionada al disponer abandono del país cuando tiene vínculos laborales y no posee antecedentes criminales, acompañando el certificado de antecedentes de su país de origen,  Solicita que se acoja el recurso de amparo, se deje sin efecto la resolución impugnada y se regularice la situación migratoria.  A folio 4, evacua informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que el 22 de abril de 2021 el amparado solicitó ante el Servicio el beneficio de la residencia definitiva, mediante Trámite ID N°12979724. El extranjero no realizó la gestión requerida por el Servicio hasta la fecha de la dictación de la Resolución Exenta; no pagó la sanción migratoria por residencia irregular y no remitió el ce

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta número N°23144041, de 18 de mayo de 2023, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del recurrente y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, fundado en no haber pagado la sanción impuesta por residencia irregular y en no haber acompañado el certificado de antecedentes penales debidamente apostillado o legalizado de su país de origen. Segundo: Que, para resolver este arbitrio, se tendrá presente la dificultad en la obtención del certificado de antecedentes para los ciudadanos haitiano, siendo un hecho público y notorio que la obtención de esos documentos en Haití es una gestión demorosa y con gran dificultad administrativa, circunstancias que esta Corte no puede desconocer y considerando además que acompaña al libelo pretensor el certificado de antecedentes de su país de origen, debidamente apostillado, demostrando con ello su intención de cumplir con lo ordenado.  Tercero: Que, en consecuencia, el rechazo de la residencia solicitada y la orden de abandono impuesta se torna en ilegal desde que podría ser expulsado, considerando los antecedentes de contexto mencionados, haciendo presente que los exiguos plazos otorgados para acompañar la documentación faltante devienen en ilegales, al no ser suficientes para recabarlos, especialmente tratándose de documentos que deben obtenerse en Haití, país que enfrenta serias dificultades administrativas. Cuarto: Que, el acto recurrido amenaza la libertad personal del amparado toda vez que, de no cumplir voluntariamente con el abandono impuesto, permite a la autoridad migratoria disponer su expulsión del país, de acuerdo al artículo 127 numeral 3° de la Ley 21.325, motivos por los cuales se acogerá este arbitrio como se dirá en lo resolutivo. Asimismo, de conformidad al artículo 50 inciso final del Reglamento de la Ley N°21.325, la circunstancia de que un extranjero mantenga una orden de abandono vigente constituye una causal de inadmisibilidad de otras solicitudes de residencia, lo que impide que pueda regular su situación migratoria a través de una nueva presentación.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo entablado en favor de Wisly Estimphat, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta número N°23144041, de 18 de mayo de 2023, debiendo la autoridad recurrida reabrir el expediente administrativo del caso, otorgando al recurrente un plazo no inferior a ciento ochenta (180) días hábiles, para que acompañe el certificado de antecedentes penales de su país de origen, apostillado o legalizado y cancele la multa impuesta por residencia irregular. Decisión acordada con el voto en contra de la ministra Sra. Lavín Valdés quien estuvo por rechazar la presente acción por considerar que la resolución de archivo vigente no amenaza o vulnera la libertad personal o seguridad individual del amparado, no dándose los presupuestos del artículo 21 de la Constitución Política de la República. N°Amparo-2476-2025. En Valparaíso, diecisiete de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de julio de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo a nombre de Wisly Estimphat, ciudadano haitiano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta número N° 23144041, de 18 de mayo de 2023, que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país.

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