KAREN ANDREA CASTILLO SILVA/SECCION DE RENUMERACIONES DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
17 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece Carol Apablaza Cheuquepán, abogada, en favor de KAREN ANDREA CASTILLO SILVA, funcionaria activa de la Policía de Investigaciones de Chile e interpone recurso de protección, en contra de la Sección de Remuneraciones de la Policía de Investigaciones de Chile, bajo jerarquía administrativa del Prefecto Inspector don Ricardo Virgilio Porcile Cerda, Jefe de la Jefatura Nacional de Administración y Gestión de las Personas, de la misma institución; “cuya ilegalidad fue tomada conocimiento por la recurrente con fecha 07 de mayo del 2025, con la sentencia que acogió el recurso de protección en causa ROL N° 41-2025, de esta Corte” (sic). Expone que recurre por la omisión de pago de los saldos remuneratorios adeudados de la “asignación de grado efectivo”, código H0050 que es una remuneración pagada parcialmente desde el período del ingreso a la institución al 26 de abril de 2021, que corresponde a una época no regularizada por la institución recurrida, cuyo incumplimiento de pago afecta el derecho indubitado contenido en el artículo 19 N° 24 de nuestra constitución (sic), esto es el “derecho de propiedad” sobre las remuneraciones del recurrente quien recibió el pago incompletamente. Y que el segundo de los aspectos dice relación con la conducta pasiva del recurrido en regular sus deberes como empleador público conculcando el derecho y garantía constitucional del artículo 19 N° 2, debido a que la PDI hace distinción arbitraria en perjuicio de los recurrentes quienes son discriminados respecto de otros exfuncionarios y funcionarios activos de la PDI, a los que el recurrido sí ha pagado de forma íntegra aquellos montos insolutos por el período anteriormente señalado. Estima que los preceptos obligatorios infringidos por la PDI, se encuentran no sólo en la constitución artículo 19 Nro. 24, y normativa general, sino que también en la propia ley específica que regula a la recurrida, en la especie son los artículos 97 y 98 del DFL 1 de 1980 del Estatuto del Persona
Fundamentos
motivos precedentes, lo que impide que se le otorgue la protección que demanda. 12°) Que, en atención a que el recurso será desestimado, se estima innecesario hacer un análisis de las garantías constitucionales que se dicen vulneradas, así como de la documentación aneja.
Fallo
se resuelve definitivamente la interpretación ambigua del Dictamen Nro. E98928 / 2021 de la C.G.R y resuelve que debe pagarse igualmente desde el ingreso a la Institución hasta el 26 de abril de 2021, que es el período reclamado en autos. Asevera, que debido a la publicidad de las sentencias del Poder Judicial, el actor tomó conocimiento de la sentencia acogida en materia de protección en la causa Rol Nro. 41-2025, de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, la que acompaña. Alega que se han conculcado los derechos contemplados en el artículo 19 N° 2 y 24 de la Constitución Política de la República, lo que relaciona con los artículos 97 y 98 del DFL 1 de 1980 del Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones que reproduce. Ha pedido se acoja este recurso “y se regularice el pago por los montos adeudados de la asignación, en el período reclamado, con reajustes legales, periodo reclamado en la presente acción”, con costas. Informó Omar Castro Torres, abogado, en representación del recurrido, y opone la excepción de prescripción, para cuyo efecto se refiere a los términos del recurso de protección. Enseguida refiriéndose a la asignación de especialidad al grado efectivo, recuerda que el Decreto con Fuerza de Ley Nº 2, de 1968, en su texto original, no contemplaba dicho beneficio. Sin embargo, el artículo 41 del Decreto Ley Nº 3.551, de 1980, publicado el 2 de enero de 1981, estableció un beneficio denominado “asignación de especialidad al grado efectivo”,
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Concepción, diecisiete de julio de dos mil veinticinco. VISTO: Comparece Carol Apablaza Cheuquepán, abogada, en favor de KAREN ANDREA CASTILLO SILVA, funcionaria activa de la Policía de Investigaciones de Chile e interpone recurso de protección, en contra de la Sección de Remuneraciones de la Policía de Investigaciones de Chile, bajo jerarquía administrativa del Prefecto Inspector don Ricardo Vir
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