WORTSMAN/DONOSO (LTE) A LA VISTA I.C. N° 8786-2025.-
Rol
Fecha
17 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Claudio Wortsman Cánovas, por sí, como demandado en juicio ordinario de mayor cuantía Rol C-940-2023, sustanciado ante el 18º Juzgado Civil de Santiago, caratulado “Donoso/Cheuqueñir”, e interpone falso recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 22 de abril de 2025, dictada por la juez doña Claudia Andrea Donoso Niemeyer, que concedió el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte demandante, en contra de la resolución dictada en audiencia de prueba confesional de 10 de abril de 2025, en aquella parte que acogió las objeciones efectuadas por la demandada respecto de las preguntas N°s 3 y 15 del pliego de posiciones. Sostiene que, de conformidad al artículo 329 del Código de Procedimiento Civil, es inapelable la resolución que dispone la práctica de alguna diligencia probatoria y, en dicho sentido, la resolución que acoge una objeción a una pregunta del pliego de posiciones, por no estar formulada de forma categórica, es inapelable. En definitiva, solicita declarar inadmisible el recurso de apelación concedido en contra de la resolución de 10 de abril de 2025. Segundo: Que de la revisión del sistema informático de la causa Rol C-940-2023, seguida ante el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, sobre juicio ordinario de mayor cuantía, se puede advertir que el 10 de abril del presente año tuvo lugar audiencia de prueba confesional, en la que el tribunal a quo acogió excepciones opuestas por la parte demandada respecto de las preguntas N°s 3 y 15 en atención a que las posiciones no estaban formuladas en términos afirmativos o negativos. Además, en contra de aquellas resoluciones, el 14 de abril de 2025 la parte demandante interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio, solicitando el rechazo de las objeciones deducidas respecto de las aludidas posiciones. Finalmente, el 22 de abril del presente año el tribunal a quo rechazó el aludido recurso de reposición y conced
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 158 y 187 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido por el abogado don Claudio Wortsman Cánovas, en contra de la resolución dictada el veintidós de abril del año en curso, por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-940-2023, declarándose inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandante en contra de la resolución de diez de abril de dos mil veinticinco. Agréguese copia en los autos rol civil N°8786-2025, ingresados a esta Corte, en que incide lo resuelto. Comuníquese. N°Civil-9077-2025. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por el Ministro señora Jenny Book Reyes, el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Claudio Wortsman Cánovas, por sí, como demandado en juicio ordinario de mayor cuantía Rol C-940-2023, sustanciado ante el 18º Juzgado Civil de Santiago, caratulado “Donoso/Cheuqueñir”, e interpone falso recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 22 de
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