SIN INFORMACION

TARIFEÑO SALAZAR VICTOR HUGO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

15 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece doña Daniela Paulina Jara Muñoz, abogada, en representación del condenado Víctor Hugo Tarifeño Salazar, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone en su favor acción de amparo por el acto consistente en el rechazo de la Comisión de Libertad Condicional a la solicitud de beneficio de libertad condicional del amparado. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo una condena 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio por el delito de robo con intimidación. Agrega que registra muy buena conducta los últimos siete bimestres, no obstante, se rechazó su solicitud por estimarse que subsisten “factores de riesgo de reincidencia” y que el sujeto “registra un nivel de riesgo medio de reincidencia”, sugiriéndose como alternativa el permiso de salida dominical. Sostiene que el amparado cumple con los requisitos legales, por lo que la resolución recurrida es ilegal por no considerar las acciones realizadas dentro de su período de internación que demuestran avances en su proceso de reinserción, tampoco explica de manera concreta por que las características negativas impiden terminar el proceso en libertad y, finalmente, porque el informe psicosocial tiene como finalidad orientar. Indica que se cumplen en el caso sublite los requisitos para obtener el beneficio. Termina solicitando, dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional, decretando que se le conceda misma. Segundo: Que, por la Comisión de Libertad Condicional evacuó el informe la Ministro Presidente doña Sandra Araya Naranjo y expone que, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio solicitado, mediante resolución dictada el veintiocho de abril pasado, la que consideró que aún de cumplirse los requisitos del artículo 2 N°1 y 2 del Decreto Ley N°321, la documentación acompañada da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el b

Fundamentos

considerando alternativas pro sociales para resolver situaciones de alto estrés en la actualidad. En cuanto a su disposición al cambio, el postulante se presenta en estado motivacional de preparación, dando cuenta de avances, principalmente en su desempeño y participación ocupacional intramuros, evidenciando compromiso respecto al cambio y a un planificación para su puesta en marcha. Se destaca que actualmente comprende factores de riesgo de reiteración de delitos, sin minimizar ni justificar sus acciones anteriores, por el contrario, logra generar planificación de alejamiento de contextos criminógenos, evaluando alternativas pro sociales de cambio. Se evidencia adecuada reflexión y análisis respecto a factores asociados a inicio, mantención y posible riesgo de reincidencia. Da cuenta de arrepentimiento y empata hacia las víctimas. En cuanto a su red de apoyo familiar, esta se constituye como un agente de control normativo ante la posibilidad de reincidencia del referido. Finalmente, se señala que el postulante es un sujeto que registra un nivel de riesgo de reincidencia general categorizado como medio, disminuyendo nivel de riesgo desde evaluación inicial. Por ello, es que se sugiere generar instancias de acercamiento paulatino al medio libre con la postulación del referido al permiso de salida dominical, con la finalidad de poner a prueba de manera progresiva las habilidades, herramientas y aprendizajes adquiridos en su proceso de reinserción social, en el cumplimiento de su condena actual. Los aspectos antes mencionados, demuestran, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probados avances en su proceso de reinserción social, como lo exige el Decreto Ley N°321.” Tercero: Que, la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, contenidos en el Formulario Consolidado de Postulación al proceso de libertad condicional, del que se extrae que el interno tiene 42 años de edad y fue calificado con mediano compromiso delictual; que, actualmente, se encuentra cumpliendo condena de diez años y un día por el delito de robo con intimidación, iniciando el cumplimiento de condena el 9 de junio de 2016 y de término el 10 de junio de 2026, cumpliendo el tiempo mínimo para optar al beneficio el 10 de febrero de 2023. Asimismo, consta que fue calificado con conducta muy buena en los últimos seis bimestres; y que, a la fecha de la postulación, no registra beneficios intrapenitenciarios y registra una sanción. Del mismo modo, consta en la resolución adjunta al informe, que “entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que si bien el postulante es un interno de mediano compromiso delictual y presenta riesgo de reincidencia de medio, postulante requiere continuar con su proceso de intervención con el finde disminuir su riesgo de reincidencia delictual. Cuarto: Que, el recurso de amparo constituye juríd

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Víctor Hugo Tarifeño Salazar en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-2750-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de julio de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece doña Daniela Paulina Jara Muñoz, abogada, en representación del condenado Víctor Hugo Tarifeño Salazar, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone en su favor acción de amparo por el acto consistente en el rechazo de la Comisión de Libert

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