SIN INFORMACION

ROMERO/COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO LA UNIÓN LIMITADA

Rol

Fecha

15 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, compareció el abogado Mario Espinosa Valderrama, en favor de don Jorge Ricardo Romero Corvalán, en contra de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Unión Limitada, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el descuento de crédito en su remuneración, en forma mensual y por planilla, a contar de mes de noviembre de 2024, por la suma de la suma de $56.827.-, lo que vulnera el ejercicio de las garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 números 3 y 24 de la Constitución Política de la República, esto es, la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos y la protección del derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales. Expone que el recurrente suscribió dos pagarés con la Cooperativa: El primero, pagaré N° 87786 (26/05/2017): $1.916.005 en 48 cuotas mensuales de $59.951. Entró en mora desde la cuota 43 (enero 2021); y el segundo, pagaré N° 87786 (05/09/2017): $3.371.830 en 36 cuotas mensuales de $140.713. Entró en mora desde la cuota 10 (julio 2018). Señala que la Cooperativa inició demandas ejecutivas para cobrar las deudas (Roles C-7086-2021 y C-37713-2018), pero ambos procesos judiciales fueron abandonados el 23 de marzo de 2023 con sentencia firme y ejecutoriada el 11 de abril de 2023. Reclama que, en noviembre de 2024, el recurrente descubrió un descuento arbitrario de $56.827 en su boleta de pensión, realizado por la Cooperativa sin previo aviso. El descuento se efectuó pese a que la Cooperativa había judicializado el cobro y los procesos estaban inactivos. Alega, haberse vulnerados sus garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°24 CPR, sobre su derecho de propiedad, toda vez que el descuento arbitrario afecta la propiedad del recurrente sobre su pensión, única fuente de ingresos. Sostiene que la Cooperativa actuó sin fundamento legal, al realizar descuentos paralelos a la vía judicial ya iniciada y sin informar al recu

Fundamentos

motivos y la finalidad que alcanza; y que, enseguida, provoque privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de una o más de las garantías protegidas. Quinto: Que, en el presente caso, el acto que se tilda de ilegal y arbitrario es haber solicitado a su empleador la retención de cuotas de un crédito que se encuentra, a la fecha de interposición de su recurso, en cobro judicial. Sexto: Que, en la especie se reprocha el carácter arbitrario del actuar de la recurrida, al haber interpuesto demanda ejecutiva, autos rol Rol C-7086-2021, ante el 29° Juzgado Civil de Santiago, juicio que se declaró abandonado por resolución de 23 de marzo de 2023, y luego intentar el cobro del crédito desde el mes de noviembre de 2024, por medio de descuentos por planilla laboral, entendiendo este actuar como carente de justificación, caprichoso, y sobre todo imprevisto o inadvertido que ha hecho de una prerrogativa legal, como la contenida en el artículo 22 de la ley señalada. Séptimo: Que, conforme a lo informado por las recurrida Cooperativa de Ahorro y Crédito La Unión Limitada, esta dispuso la suspensión de los descuentos por planillas, cese de descuentos futuros y la devolución de los descuentos realizados, restituidos en la cuenta personal del actor con fecha 25 de abril del 2025 por un monto de $338.055.- Octavo: Que, en las condiciones, resulta que no existe actualmente ninguna medida cautelar que pueda adoptarse por esta Corte, motivo por el cual la acción ha perdido oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso deducido en favor de don Jorge Ricardo Romero Corvalán, en contra de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Unión Limitada. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Protección-25103-2024. 7 _1814085745.unknown

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, compareció el abogado Mario Espinosa Valderrama, en favor de don Jorge Ricardo Romero Corvalán, en contra de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Unión Limitada, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el descuento de crédito en su remuneración, en forma mensual y por planilla, a c

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