SIN INFORMACION

PERALTA/GAETE

Rol

Fecha

15 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece doña Bianca Arpe Velásquez, abogada, en favor de don Juan Pablo Peralta Zapata, interponiendo acción constitucional de protección en contra de doña Herika Eli Gaete Rojas, por los actos que estima ilegales y arbitrarios consistentes en efectuar publicaciones en una red social, imputándole un delito de carácter sexual, vulnerado así las garantías establecidas en los números 1, 4 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se ordene prohibir toda comunicación con el recurrente, y su grupo familiar, sea personalmente o a través de cualquier otro medio; Que elimine todo el contenido publicado en descredito del recurrente en la red social “Facebook”, y en cualquier otra que haya compartido dicha información; Ordenar que los elimine, también, de todos sus dispositivos de almacenamiento computacional y digital, y; Que se abstenga de realizar en un futuro dichas publicaciones, con costas. Expone que el recurrente el 4 de febrero del año 2016 contrajo matrimonio con la recurrida, y que en el año 2021 se separaron de hecho. Indica que, con posterioridad a dicha separación, la recurrida publicó de manera anónima en la red social “Facebook”, haciéndose pasar por una menor de edad de 14 años, denunciando que el recurrente la habría violado. Hace presente que dicha publicación se realizó siete años después de la supuesta ocurrencia de los hechos, por lo que el delito estaría prescrito y no habría forma de corroborar los dichos que solo tienen por objeto calumniar al recurrente, representando que éste trabaja en un hospital, por lo que pone en duda su calidad de profesional, al señalar en la publicación que espera que no haya hecho lo mismo a sus pacientes. Manifiesta que el presente recurso se interpuso dentro del plazo establecido en el Auto Acordado que regula la materia, atendido que las publicaciones arbitrarias e ilegales son permanentemente en el tiempo. Finalmente, representa los actos

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación del Recurso de Protección de la Excma. Corte Suprema, se rechaza, sin costas, el deducido en favor de Juan Pablo Peralta Zapata en contra de Herika Eli Gaete Rojas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-20325-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de julio de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece doña Bianca Arpe Velásquez, abogada, en favor de don Juan Pablo Peralta Zapata, interponiendo acción constitucional de protección en contra de doña Herika Eli Gaete Rojas, por los actos que estima ilegales y arbitrarios consistentes en efectuar publicaciones en una red social, imputánd

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