TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE TALCA

MP C/ JORGE ANTONIO PASMINO GONZALEZ

Rol

Fecha

15 de julio de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Que comparece, Catalina Andréa Cereceda Vidal, abogada, defensora penal publica, en representación de Jorge Antonio Pasmiño González en causa, RIT 223-2023, quien interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha 09 de mayo de 2025 por la primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, que condenó por unanimidad a su representado como autor del delito tentado de robo en lugar habitado, a sufrir la pena de CINCO años y UN día de presidio mayor en su grado mínimo; más las accesorias legales. Pide, invalidar la referida sentencia definitiva y el juicio oral que le precedió, ordenando la realización de un nuevo juicio oral, ante el tribunal no inhabilitado que corresponda, todo ello sin perjuicio de las declaraciones que el tribunal de alzada considere ajustadas a derecho. Que, declarado admisible el recurso, se ordenó poner en tabla para su vista, la cual se realizó el pasado 11 de julio. OIDOS LOS INTERVINIENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente invoca en el presente recurso como causal de nulidad, la prevista en el artículo 374 letra e) en relación con el artículo 342 letra c) y 297 todos del Código Procesal Penal. Indica que, en la especie, se ha omitido el requisito contemplado en la letra c) del artículo 342, esto es “La exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, fueren ellos favorables o desfavorables al acusado, y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaren dichas conclusiones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 297”. Señala que la conclusión a la que arriba el Tribunal se encuentra formulada de manera defectuosa en el

Fallo

fallo condenatorio y los elementos de juicio utilizados en la sentencia definitiva, no permiten al tribunal llegar de manera inequívoca a la conclusión expuesta, toda vez que: - No hay riqueza en los elementos de juicio utilizados para llegar a esta conclusión. - Hay contrapruebas que no son explicadas por la sentencia. - Hay hipótesis plausibles que explican los mismos hechos y que son compatibles con los mismos antecedentes. Expone que hay fundamentación aparente o falta de fundamentación para tener por acreditada la existencia del delito y la participación del acusado en los hechos. La defensa postulo como teoría del caso la recalificación de los hechos acusados por el Ministerio Público al delito de violación de morada, por cuanto los medios de prueba rendidos por el persecutor unido a la declaración del imputado durante la etapa investigativa y juicio oral, no permiten acreditar los elementos del tipo penal de robo en lugar habitado, específicamente, aquel referido al ánimo de sustraer especies de propiedad ajena. Lo anterior se sustenta por la defensa en que, más allá de acreditarse que el imputado ingreso al domicilio por vía no destinada al efecto (escalando el cierre perimetral), este lo hizo con la única finalidad de guarecerse del mal clima de la noche en que ocurren los hechos reforzado por la ausencia de otros elementos de prueba que permitan concluir el ánimo de sustraer especies, tales como, el hallazgo de elementos conocidamente destinados a cometer el deli

Texto Completo (Preview)

Talca, quince de julio de dos mil veinticinco. VISTO: Que comparece, Catalina Andréa Cereceda Vidal, abogada, defensora penal publica, en representación de Jorge Antonio Pasmiño González en causa, RIT 223-2023, quien interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha 09 de mayo de 2025 por la primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, que conde

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