JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA

MIRANDA/INDUSTRIA MECÁNICA VOGT S.A.

Rol

Fecha

18 de julio de 2025

Materia

ART. 485 INCISO 3º CT

Resultado

TRANSAC./AVENIM.

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Hechos

VISTOS: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.460 del Código Civil, téngase la transacción precedente como cosa juzgada de última instancia para todos los efectos legales. Certifíquese por el Sr. Secretario, si el trabajador beneficiario de la transacción, se encuentra inserto en el registro nacional de deudores, para los fines legales pertinentes, caso en el cual la empleadora deberá proceder a la retención prevista en la ley N°21.389. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol 246-2025 (Laboral-Cobranza)

Texto Completo (Preview)

/mpj Antofagasta, a dieciocho de julio del dos mil veinticinco. VISTOS: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.460 del Código Civil, téngase la transacción precedente como cosa juzgada de última instancia para todos los efectos legales. Certifíquese por el Sr. Secretario, si el trabajador beneficiario de la transacción, se encuentra inserto en el registro nacional de deudores, para los f

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