MIRANDA/INDUSTRIA MECÁNICA VOGT S.A.
Rol
Fecha
18 de julio de 2025
Materia
ART. 485 INCISO 3º CT
Resultado
TRANSAC./AVENIM.
Hechos
VISTOS: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.460 del Código Civil, téngase la transacción precedente como cosa juzgada de última instancia para todos los efectos legales. Certifíquese por el Sr. Secretario, si el trabajador beneficiario de la transacción, se encuentra inserto en el registro nacional de deudores, para los fines legales pertinentes, caso en el cual la empleadora deberá proceder a la retención prevista en la ley N°21.389. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol 246-2025 (Laboral-Cobranza)
Texto Completo (Preview)
/mpj Antofagasta, a dieciocho de julio del dos mil veinticinco. VISTOS: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.460 del Código Civil, téngase la transacción precedente como cosa juzgada de última instancia para todos los efectos legales. Certifíquese por el Sr. Secretario, si el trabajador beneficiario de la transacción, se encuentra inserto en el registro nacional de deudores, para los f
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