1º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE COQUIMBO

ADMINISTRADORA DE TURISMO ROSA AGUSTINA/CORPORACION NACIONAL FORESTAL

Rol

Fecha

14 de julio de 2025

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA CON DECLAR

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada de 23 de diciembre de 2021, escrita desde fojas 162 a 167, salvo lo consignado en los

Fundamentos

considerandos décimo a décimo segundo, que se eliminan, y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°.- Que esta Corte comparte la apreciación que de la prueba y, en particular, del informe de fiscalización de la Corporación Nacional Forestal hace el tribunal a quo, el que para efecto de lo dispuesto en los artículos 46 y siguientes de la Ley N°20.283, tiene el carácter de ministro de fe para todas las actuaciones que realice, sin que la prueba del denunciado haya tenido la entidad suficiente para desvirtuar las conclusiones allí contenidas, de forma tal que la tesis establecida por el tribunal de base se tendrá por confirmada. 2°.- Que, aclarado lo anterior, y si bien el apelante lleva razón en que anexó una cotización del valor comercial de la especie talada, lo cierto es que su data impide tenerla por cierta, sin perjuicio que se transformará en un valor estimativo. Al respecto, como de los antecedentes no se advierte el valor comercial exacto y conforme lo dispuesto en el artículo 52, se estimará que cada especie tiene un valor de 5 Unidades Tributaria Mensuales, la que multiplicada por la totalidad de aquellas objeto de la denuncia, arroja la suma de 125 Unidades Tributaria Mensuales, aplicándose, a su vez, la reducción del artículo 46 inciso penúltimo de la misma legislación, a la que fue beneficiado el apelante y lo que mantendrá esta Corte, de manera que la cantidad a indemnizar será notoriamente rebajada, accediendo con ello a la petición subsidiaria sostenida en el recurso, conforme se indicará. 3°.- Que, asimismo al no resultar totalmente vencido y entendiendo que los antecedentes aportados por el denunciado permitieron aclarar la situación, es que será eximida del pago de las costas.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 5, 19, 46, 47, 52 y demás pertinentes de la Ley N°20.283; artículo 32 de la Ley N°18.287 y 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, el fallo de veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno, dictado por el Primer Juzgado de Policía Local de Coquimbo, en aquella parte en que condenó en costas al denunciado, absolviéndolo de tal carga procesal. A su vez, SE CONFIRMA, en todo lo demás apelado, CON DECLARACIÓN que la multa impuesta se reduce a 62,5 Unidades Tributaria Mensuales, a beneficio municipal, manteniéndose inalterado el fallo en todo lo demás. Regístrese y devuélvase. Rol N°5-2024 Policía Local.-

Texto Completo (Preview)

Administradora de Turismo Rosa Agustina Corporación Nacional Forestal Infracción Ley N°20.283 Rol N°5-2024.- (22.120-2019 del Primer Juzgado de Policía Local de Coquimbo) La Serena, catorce de julio de dos mil veinticinco. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada de 23 de diciembre de 2021, escrita desde fojas 162 a 167, salvo lo consignado en los considerandos décimo a décimo segundo, que se

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