MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES

TNA SOLUTIONS SPA / MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES

Rol

Fecha

14 de julio de 2025

Materia

OTRAS MATERIAS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, en autos Rol N° 2984-2021, seguido ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la sociedad TNA Solutions SpA dedujo recurso de apelación en contra de la Resolución Exenta N° 1453, de 31 de julio de 2024, del Sr. Ministro de Transporte y Telecomunicaciones, que le impuso una multa de 60 UTM por infracción al artículo 8° de la Ley General de Telecomunicaciones, en relación con la letra b) del artículo 3° del mismo cuerpo legal, y otra multa diaria de 0,25 UTM por infracción al artículo 38 la ley en referencia, fundado en que habría operado servicios públicos de transmisión de datos y de Voz sobre Internet, sin contar con la debida concesión previa, otorgada por la autoridad competente. Segundo: Que, el recurso de apelación de autos sostiene que, si bien se prestaron los servicios sin la autorización requerida, ello obedeció a una situación de fuerza mayor derivada de la pandemia de COVID-19. En efecto, actuando en función del bien común y conforme a principios de buena fe, la actora aseguró la conectividad de los ciudadanos a instituciones esenciales en zonas rurales, como hospitales, colegios y municipalidades. El recurso destaca que se iniciaron prontamente gestiones de regularización mediante ingreso de solicitud de concesión, SUBTEL N° 299.980, de fecha 7 de diciembre de 2020, y se suspendió la comercialización de nuevos servicios hasta completar dicho proceso. Agrega que la sanción impuesta no es coherente con el contexto excepcional en que ocurrieron los hechos, y que la jurisprudencia de nuestros tribunales de justicia ha reconocido el carácter esencial de los servicios de telecomunicaciones en contextos de emergencia, debiendo prevalecer el interés general y la protección de derechos fundamentales, como la salud y la educación, por sobre formalidades administrativas. Finalmente, hace presente que la recurrente cuenta actualmente con la respectiva concesión para el servicio de transmisión de datos, otorgada mediante Decreto Supremo N° 196, de 14 de octubre de 2021, y que la concesión para el servicio de Voz sobre Internet ha sido otorgada a su sociedad relacionada, TNA Phone SpA. En subsidio, la actora solicita que, de estimar esta Corte que proceden las sanciones impuestas por la autoridad recurrida, éstas sean reducidas al mínimo legal atendida la buena fe, el contexto de emergencia sanitaria y el beneficio social directo generado por la actuación de la recurrente durante la crisis. Tercero: Que, tal como lo señala el considerando tercero de la Resolución apelada en autos, consta del Informe Técnico SGF Nº 33.737/FSl, de fecha 10 de febrero de 2021, que la empresa Montblanc Consulting SpA presentó una denuncia en contra de TNA Solutions SpA, por la mala calidad del servicio de Internet y telefonía que ésta última le prestaba. En razón de ello, personal de la División Fiscalización de la Subsecretaría de Telecomunicaciones realizó una fiscalización a la página web de la recurrente y una consulta

Fallo

Por estas consideraciones, citas legales y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas, la Resolución Exenta N° 1453, de 31 de julio de 2024, del Sr. Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Regístrese y devuélvase. Redactó la abogada integrante señora Moreno. Civil N° 18372-2024. No firma la abogada integrante señora Moreno, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por haber cesado sus funciones.

Texto Completo (Preview)

Santiago, catorce de julio de dos mil veinticinco. Vistos y Considerando: Primero: Que, en autos Rol N° 2984-2021, seguido ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la sociedad TNA Solutions SpA dedujo recurso de apelación en contra de la Resolución Exenta N° 1453, de 31 de julio de 2024, del Sr. Ministro de Transporte y Telecomunicaciones, que le impuso una multa de 60 UTM por infr

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