SIN INFORMACION

FRANCISCO JAVIER DIAZ SANCHEZ / COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAISO

Rol

Fecha

14 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1, comparece Verónica Isabel Sánchez Gallardo, e interpone recurso de amparo en favor de Francisco Díaz Sánchez, cédula de identidad N° 15.561.037-9, quien se encuentra recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso. Funda su arbitrio señalando que su hijo, Francisco Díaz Sánchez, es un enfermo terminal; se dializa tres días a la semana y fue golpeado por un gendarme después de una diálisis estando en etapa 4 terminal. Sostiene que por tener un roce con gendarme perdió todos sus beneficios para una dominical, castigado física y verbalmente; ella nota que se perjudica su estado físico y psicológico. Solicita que pueda recuperar sus notas y postular a salida dominical. A folio 4, informa el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso; señala que el usuario Francisco Díaz Sánchez, cédula de identidad N° 15.561.037-9, fue evaluado el 08 de julio de 2025 en Hospital Penitenciario de Valparaíso por Enfermera Romina Jaramillo, quien registra en Informe de Salud “Lúcido, orientado temporoespacialmente. Buenas condiciones generales. Enfermedades crónicas: Hipertensión arterial, Diabetes Mellitus Insulino requirente, Enfermedad Renal Crónica (Hemodiálisis). Alergias: no refiere. Antecedentes psiquiátricos: en tratamiento con Quetiapina 100 mg. 0-0-1. Usuario en diálisis los días lunes, miércoles y viernes. Examen físico de cabeza, tórax, abdomen y extremidades sin lesiones actuales visibles. Atención clínica entregada: usuario sin requerimientos de salud”. A folio 7, informa el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Indica que revisado sistema informático de Gendarmería de Chile, el interno amparado registra pésima conducta, por lo que no es posible su postulación a un beneficio intrapenitenciario en estos momentos; señala que la conducta es uno de los requisitos fundamentales según Decreto Ley N° 518, el cual exige tres bimestres de muy buena conducta. A folio 9, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, con el mérito del informe del recurrido de folio 4, y el informe de salud que se acompaña, se desprende que el amparado no presenta lesiones que digan relación con esta acción cautelar, de manera que no se encuentra establecido que haya sufrido atentados en contra de su integridad física por parte de personal de Gendarmería. Por otra parte, según el informe respectivo el amparado cuenta con atención de salud atingente a su condición. Tercero: Que, en cuanto a la postulación al beneficio de salida dominical, teniendo presente lo informado a folio 7, se desprende que el amparado registra pésima conducta, por lo que no es posible, por ahora, su postulación a un beneficio intrapenitenciario. Cuarto: Que, de lo expuesto se desprende que no hay ilegalidad alguna que vulnere o amenace el derecho de libertad personal y seguridad individual del interno Díaz Sánchez, motivo por el cual el presente recurso no podrá prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Francisco Díaz Sánchez, en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-2423-2025. En Valparaíso, catorce de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de julio de dos mil veinticinco. VISTO: A folio 1, comparece Verónica Isabel Sánchez Gallardo, e interpone recurso de amparo en favor de Francisco Díaz Sánchez, cédula de identidad N° 15.561.037-9, quien se encuentra recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso. Funda su arbitrio señalando que su hijo, Francisco Díaz Sánchez, es un enfermo terminal; s

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica