1º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

JARA/LLANQUINAO

Rol

Fecha

18 de julio de 2025

Materia

SERVIDUMBRE LEGALES

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Juan Eduardo Castro Saavedra, en contra de la resolución de fecha diez de junio de dos mil veinticinco, escrita a folio 4 en el cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado, atendido lo dispuesto en el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase. N°Civil-1079-2025.(acl)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Juan Eduardo Castro Saavedra, en contra de la resolución de fecha diez de junio de dos mil veinticinco, escrita a folio 4 en el cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado, atendido lo dispuesto en el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase. N°Civil-1079-2025.(acl)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dieciocho de julio de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Juan Eduardo Castro Saavedra, en contra de la resolución de fecha diez de junio de dos mil veinticinco, escrita a folio 4

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