SIN INFORMACION

JUNTA DE VECINOS ESFUERZO BARRANCAS JUNTAS DE HUALQUI/ DIRECCIÓN DE VIALIDAD DEL BÍO BÍO

Rol

Fecha

12 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECONDUCIR

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Hechos

Visto: Pudiendo eventualmente lo relatado encuadrarse en la acción contemplada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, procédase al ingreso del presente recurso de amparo en el Libro de Recursos de Protección, código PR 15, para continuar su tramitación, debiendo agregarse junto al recurso, copia de la presente resolución. Al folio 1: A lo principal: Por interpuesto el recurso de protección. Pídase informe al recurrido Dirección Regional de Vialidad Región del Bio Bio, a fin que lo evacue dentro del plazo de diez días, debiendo adjuntar todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso, los que deberá remitir, en lo posible, en forma digitalizada, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de prescindir de dicho informe y de aplicarle alguna de las medidas que contempla el Nº 15 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Estese al mérito de lo resuelto a lo principal. Ofíciese, por correo electrónico en el caso de existir alguno de carácter institucional que esté en conocimiento de la Unidad de Cumplimiento. Déjese constancia en el expediente. Al escrito folio 2: Téngase presente. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Amparo-407-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CGA/mma Concepción, doce de julio de dos mil veinticinco. Visto: Pudiendo eventualmente lo relatado encuadrarse en la acción contemplada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, procédase al ingreso del presente recurso de amparo en el Libro de Recursos de Protección, código PR 15, para continuar su tramitación, debiendo agregarse junto al recurso, copia de

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