VASQUEZ VELASQUEZ JAIME ENRIQUE/ GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
12 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece mediante formulario doña Viviana Huerta Vásquez en favor de don Jaime Enrique Vásquez Velásquez, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien interpone acción de amparo en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso solicitando el traslado del interno del módulo 103 al módulo 103 por tener problemas con los internos en dicho módulo temiendo por su integridad, lo que vulneraría su garantía fundamental del articulo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. A folio 4, evacua informe el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quién señala que la oficina de clasificación y segmentación del penal revisó los antecedentes del amparado y fue derivado al módulo 103, con fecha 8 de julio del presente año A folio 7, evacua informe el Director Regional de Gendarmería quien reitera lo ya señalado anteriormente por el Alcaide del complejo de Valparaíso y acompañando la ficha de salud del interno. A folio 8, se ordena traer autos en relación Con lo relacionado y considerando. Primero: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega, su inciso tercero, que el mismo recurso podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Segundo: Que, por la presente acción se solicita el traslado del amparado desde el módulo 102 al 103 del Complejo Penitenciario de Valparaíso para proteger la vida e integridad física y psíquica del amparado p
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Jaime Enrique Vásquez Velásquez, en contra del Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2408-2025.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, doce de julio de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece mediante formulario doña Viviana Huerta Vásquez en favor de don Jaime Enrique Vásquez Velásquez, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien interpone acción de amparo en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso solicitando el traslado del interno del módulo 103 a
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