SIN INFORMACION

GOMEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: RIMERO: Que, comparece Argelis Carolina Pérez Bullones por su hija Gabriela Alexandra Gómez Pérez, ambas de nacionalidad venezolana, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, denunciando una actuación ilegal y arbitraria de la recurrida que amenaza su derecho a la vida y a su libertad personal. Luego de narrar infructuosos esfuerzos por obtener el pasaporte de su hija, refiere que mantenía una cita para dicho cometido el día 1 de agosto de 2024. No obstante lo anterior, indica que la embajada de su país en territorio nacional cerró el día 30 de julio por lo que no pudo materializar el retiro del documento antedicho para solicitar la visa correspondiente. Previa lista de las garantías que estima conculcadas, solicita se acoja la acción interpuesta, ordenando se dispongan las medidas necesarias y urgentes para reestablecer el imperio del derecho, a saber, requiere que se gestione la respectiva entrega del pasaporte de Gabriela Gómez Pérez. SEGUNDO: Que al evacuar su informe el Servicio recurrido solicita el rechazo de la acción interpuesta, argumentando que no existe acto u omisión ilegal ni arbitrario que afecte las garantías constitucionales de la recurrente, pues su actuación se ha ceñido a las facultades constitucionales, legales y reglamentarias conferidas. Refiere, en cuanto a la situación migratoria de la protegida, que ingresó por primera vez al territorio nacional el 13 de noviembre de 2018 por el paso fronterizo habilitado Carretera Chacalluta. Refiere que su madre, recurrente de autos, ingresó el 27 de abril de 2023 una solicitud de residencia temporal para niños, niñas y adolescentes, en representación de su hija, respecto de la cual se emitió Comunicación Electrónica N° 51066036 de 20 de diciembre de 2023, a través de la cual se le informó que su requerimiento no cumplía con los requisitos para obtener el beneficio solicitado, debiendo remitir la información que sin

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Gabriela Alexandra Gómez Pérez. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-5522-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por la Ministra señora Sandra Lorena Araya Naranjo, el Ministro (S) señor Daniel Eduardo Aravena Pérez y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza. En Santiago, once de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: RIMERO: Que, comparece Argelis Carolina Pérez Bullones por su hija Gabriela Alexandra Gómez Pérez, ambas de nacionalidad venezolana, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, denunciando una actuación ilegal y arbitraria de la recurrida que amenaza

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