FIGUEROA VARAS DAVID IGNACIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
11 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece don Jonathan Galaz González, abogado, defensor público penitenciario, en representación del condenado David Ignacio Figueroa Varas, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone en su favor recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto que estima ilegal, consistente en el rechazo de la mencionada Comisión a la solicitud de beneficio de libertad condicional del amparado, por resolución de veinticinco de abril de dos mil veinticinco. Sostiene que fue condenado a sufrir la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo y 30 días por sustitución de multa, por el delito de receptación de vehículos motorizados, en causa RUC 2300966073-9, cuya ejecución controla el 15º Juzgado de Garantía de Santiago, agregando que según la información proporcionada por Gendarmería de Chile, cuenta con seis bimestres de conducta muy buena, iniciando su condena el 5 de septiembre de 2023 y registrando fecha de término el 6 de octubre de 2026, siendo el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 5 de abril de 2025. Refiere que por sus actividades y calificaciones de conducta, fue incorporado por la institución al proceso de libertad condicional relativo al primer semestre del año 2025, no obstante, por resolución de abril del presente año la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar la petición del amparado, la que resulta ilegal, por cuanto no considera las acciones del actor dentro de su periodo de internación, que demuestran sus avances en el proceso de reinserción, y para rechazar su postulación se basa únicamente en las conclusiones negativas del informe psicosocial, sin explicar, de manera concreta, el por qué esas características negativas impiden terminar su proceso de reinserción en libertad. Relata que cumple con los requisitos establecidos en la ley para optar a la libertad condicional, por lo que el rechazo de la mencionada Comisión es arbitraria, al fundarse en elementos que desconocen los avances en el proceso de reinserción social del amparado, citando solo elementos negativos del informe psicosocial, sin considerar los antecedentes que se tuvieron en consideración para calificar su conducta como “muy buena”, careciendo en definitiva la resolución de un análisis integral, sino meramente formal, por lo que solicita en definitiva a esta Corte se deje sin efecto la resolución de la recurrida que rechazó la libertad condicional del amparado, decretando que se le concede la misma. Segundo: Que por la Comisión de Libertad Condicional evacuó informe en su representación su presidente, la Ministra Sandra Araya Naranjo, quien relata que el amparado fue postulado por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, pero se resolvió su rechazo por unanimidad, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Dec
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de David Ignacio Figueroa Varas, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2717-2025. En Santiago, once de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de julio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 6: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que comparece don Jonathan Galaz González, abogado, defensor público penitenciario, en representación del condenado David Ignacio Figueroa Varas, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone en su favor recurso de
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