28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

PLAZA ESTACIÓN S.A./BALUT ( CASACIÓN Y APELACIÓN ) LTE

Rol

147587-2022

Fecha

16 de enero de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que en el procedimiento especial seguido ante el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol C-2829-2021 y caratulado “Plaza Estación S.A con Balut”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada en contra de la sentencia de segunda instancia dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad con fecha veintiuno de octubre de dos mil veintidós, que rechazó el recurso de casación en la forma y confirmó la sentencia de primer grado de tres de junio del mismo año, que declaró terminado el contrato de subarrendamiento celebrado entre las partes. Segundo: Que el recurrente denuncia como infringidos el artículo 7 N° 6 de la ley 18.101 en relación con los artículos 13, 1462, 1924 y 1932 del Código Civil en relación al artículo 19 N° 20 de la Constitución Política de la República. Al efecto, asegura que producto de la errónea interpretación del primer precepto invocado, la Corte no revocó la resolución que declaró inadmisible su demanda reconvencional, denegando a su parte la garantía constitucional del debido proceso. Agrega que se vulnera la Carta fundamental al permitir el tribunal de primera instancia el cobro convencional de un tributo como lo es el impuesto al valor agregado, desde que éstos sólo pueden ser establecidos por ley. Tercero: Que durante la tramitación del juicio el tribunal negó lugar a la tramitación de la demanda reconvencional fundado en que se trató de una demanda que perseguía la nulidad de la cláusula referente al cobro del impuesto al valor agregado, asunto de lato de conocimiento que debe ser conocido en juicio diverso. Luego, la sentencia de primer grado, confirmada por la Corte de Apelaciones, acogió la demanda teniendo para ello presente que no puede el subarrendatario desconocer un acto realizado por él mismo, tal es haber suscrito el contrato de subarrendamiento y sus posteriores modificaciones, obligándose a satisfacer el canon de a

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido por el abogado Alex Ayala Pajarito, en representación de la parte demandada, en contra de la sentencia de veintiuno de octubre de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase con sus agregados. N° 147.587-2022 Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros, Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sra. María Angélica Repetto G., Sr. Sr. Leopoldo Llanos S. y Sra. María Soledad Melo L. No firma el Ministro Sr. Prado, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicio.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de enero de dos mi veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que en el procedimiento especial seguido ante el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol C-2829-2021 y caratulado “Plaza Estación S.A con Balut”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada en contra de la sentencia de segunda instanc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica