SIN INFORMACION

LOURDE MICHEL /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CH INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º) Que el recurso de amparo tiene por objeto que toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, pueda ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre a la magistratura que la ley señale, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. 2°) Que de los hechos descritos en la presentación no se vislumbra vulneración alguna a la garantía cautelada por la presente acción ni medida que pueda ser adoptada por esta Corte a este respecto, de lo que se deriva la inadmisibilidad del recurso. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de amparo de fojas 1. Archívese, en su oportunidad. N°932-2025 Amparo

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de amparo de fojas 1. Archívese, en su oportunidad. N°932-2025 Amparo

Texto Completo (Preview)

CH/nbm San Miguel, once de julio de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: 1º) Que el recurso de amparo tiene por objeto que toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, pueda ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre a la magistratura que la ley señale, a fin de que ésta ordene se guarden la

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