JUZGADO DE GARANTIA DE ANTOFAGASTA

MP C/ JOSE ELIAS CARVAJAL RODRIGUEZ

Rol

Fecha

11 de julio de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los argumentos del juez a quo, y teniendo además presente que respecto del primer imputado, en un domicilio que era investigado como recinto de venta de droga, aquél fue sorprendido en el living, lugar a cuyo costado se encontró una cantidad no menor de droga, lo que establece presunciones fundadas de participación en el delito materia de la formalización, lo que no se ve desvirtuado por el hecho de que la única habitación del lugar aparentemente esté ocupada por una mujer, desde que ninguno de los detenidos en el inmueble tenían el carácter, y respecto del segundo, al ver la presencia policial este se da a la fuga por el techo de los inmuebles, siendo perseguido, botando la droga en la huida, lo que también establece las referidas presunciones fundadas, desde que un consumidor difícilmente tendría dicha actitud, todo lo cual permite tener por asentados los presupuestos materiales exigidos por el artículo 140 del Código Procesal Penal. En cuanto a la necesidad de cautela,

Fundamentos

considerando que el primer imputado tiene, entre otras causas, una investigación pendiente por el mismo delito, en la cual se le sustituyó la prisión preventiva por caución, y el otro tenía una orden de detención vigente, también en una investigación por el mismo tipo de delito, lo que deja en evidencia un claro peligro de reiteración que justifica sostener que su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad, que solo se resguardará con una privación de libertad. Y visto además lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha cuatro de julio de dos mil veinticinco, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad respecto de los imputados José Elías Carvajal Rodríguez y Mauricio Alejandro Astudillo Henríquez, por el delito de tráfico de pequeñas cantidades. Regístrese y comuníquese. Rol 677-2025 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

/jhc ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a once de julio de dos mil veinticinco, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los ministros titulares Sra. Virginia Soublette Miranda, Sr. Juan Fernando Opazo Lagos y el abogado integrante Sr. Marcelo Díaz Sanhueza, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha 4 de jul

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