MP C/ FRANCO MATÍAS FUENZALIDA VILLALOBOS
Rol
Fecha
11 de julio de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que, no resulta suficiente el hecho alegado por la defensa de que hayan transcurrido dos meses desde la detención del imputado para considerar que ha transcurrido un tiempo que haga necesario modificar la medida cautelar que pesa sobre él,
Fundamentos
considerando el número de delitos por los que el imputado fue formalizado y la sanción legal probable, todo lo cual hace estimar que la prisión preventiva resulta proporcional y adecuada para asegurar los fines del procedimiento.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de diez de julio de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT 1457-2025 del Juzgado de Garantía de Rengo, en cuanto sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva de Franco Matías Fuenzalida Villalobos por arresto domiciliario nocturno y, en su lugar se resuelve que, se mantiene la prisión preventiva, por resultar la libertad del imputado un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 763-2025-Penal
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, once de julio de dos mil veinticinco. Vistos: Que, no resulta suficiente el hecho alegado por la defensa de que hayan transcurrido dos meses desde la detención del imputado para considerar que ha transcurrido un tiempo que haga necesario modificar la medida cautelar que pesa sobre él, considerando el número de delitos por los que el imputado fue formalizado y la sanción
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