AHUMADA/MANCILLA
Rol
157319-2022
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de mayor cuantía de cumplimiento de contrato de compraventa, seguido ante el Juzgado de Letras de La Ligua bajo el Rol C-1654-2018, caratulado “Ahumada con Mancilla”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, de cuatro de noviembre de dos mil veintidós, que confirma el fallo de primer grado, de tres de octubre del mismo año, que acogió el incidente de abandono del procedimiento. Segundo: Que la recurrente expresa que el fallo cuestionado infringe lo dispuesto en los artículos 152 y 432 del Código de Procedimiento Civil, y en el artículo 12 de la Ley 21.226. Explica, en síntesis, que el error de derecho consiste en haberse declarado el abandono del procedimiento en razón de la inactividad de las partes, en circunstancias que el impulso procesal estaba ya radicado en el tribunal al encontrarse vencido el término probatorio, y porque además se ha computado erróneamente dentro del plazo de inactividad procesal de las partes, el tiempo que el proceso estuvo paralizado a causa de la pandemia. Solicita que, en definitiva, se case la sentencia recurrida y, en su lugar, se sustituya por sentencia de reemplazo que acoja el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primer grado, con costas. Tercero: Que previo examen de la sentencia recurrida y de las actuaciones, presentaciones y resoluciones verificadas en el proceso durante el período pertinente, consta que, por resolución de 09 de septiembre de 2019, se recibió la causa a prueba, siendo ésta notificada a ambas partes el 06 de marzo de 2020, comenzando a correr el término probatorio ordinario desde el 07 de marzo del mismo año, para posteriormente quedar éste suspendido a partir del 18 de marzo de dicho año, a causa de la entrada en vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe que rigió ha
Fallo
fallo de primer grado, de tres de octubre del mismo año, que acogió el incidente de abandono del procedimiento. Segundo: Que la recurrente expresa que el fallo cuestionado infringe lo dispuesto en los artículos 152 y 432 del Código de Procedimiento Civil, y en el artículo 12 de la Ley 21.226. Explica, en síntesis, que el error de derecho consiste en haberse declarado el abandono del procedimiento en razón de la inactividad de las partes, en circunstancias que el impulso procesal estaba ya radicado en el tribunal al encontrarse vencido el término probatorio, y porque además se ha computado erróneamente dentro del plazo de inactividad procesal de las partes, el tiempo que el proceso estuvo paralizado a causa de la pandemia. Solicita que, en definitiva, se case la sentencia recurrida y, en su lugar, se sustituya por sentencia de reemplazo que acoja el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primer grado, con costas. Tercero: Que previo examen de la sentencia recurrida y de las actuaciones, presentaciones y resoluciones verificadas en el proceso durante el período pertinente, consta que, por resolución de 09 de septiembre de 2019, se recibió la causa a prueba, siendo ésta notificada a ambas partes el 06 de marzo de 2020, comenzando a correr el término probatorio ordinario desde el 07 de marzo del mismo año, para posteriormente quedar éste suspendido a partir del 18 de marzo de dicho año, a causa de la entrada en vigencia del estado de excepción constitucional de
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Santiago, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de mayor cuantía de cumplimiento de contrato de compraventa, seguido ante el Juzgado de Letras de La Ligua bajo el Rol C-1654-2018, caratulado “Ahumada con Mancilla”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte dema
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