SEPÚLVEDA/FISCO DE CHILE, CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO. ACUM. 673-2020/CIV. Y 674-2020/CIV.
Rol
94432-2021
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
Civil
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)
Hechos
hechos asentados en autos surge, de manera inconcusa, que los actores a Laura Ester Sepúlveda Núñez, José Merin Sepúlveda Núñez, Emperatriz del Carmen Sepúlveda Núñez, Máximo Aurelio Sepúlveda Núñez y María Marisol Sepúlveda Núñez han padecido dolor, sufrimiento y angustia por la detención y posterior desaparición de su hermano Luis Leopoldo Sepúlveda Núñez, por la forma en que se produjo, lo que por sí solo constituye un daño moral que debe compensarse por el Fisco de Chile. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 170, 186, 187 y 227 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 6, 38 y 19 Nros. 22 y 24 de la Constitución Política de la República, se confirma la sentencia apelada de veinte de marzo de dos mil veinte, Rol N° C-2388-2018, del 4° Juzgado Civil de Talca. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del Ministro Sr. Valderrama. Rol N° 94.432-2021. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., la Ministra Sra. María Teresa Letelier R., y los Abogados Integrantes Sr. Diego Munita L., y Sra. Leonor Etcheberry C. No firma el Ministro Sr. Dahm, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal.
Fundamentos
motivos cuarto a octavo. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Que de los hechos asentados en autos surge, de manera inconcusa, que los actores a Laura Ester Sepúlveda Núñez, José Merin Sepúlveda Núñez, Emperatriz del Carmen Sepúlveda Núñez, Máximo Aurelio Sepúlveda Núñez y María Marisol Sepúlveda Núñez han padecido dolor, sufrimiento y angustia por la detención y posterior desaparición de su hermano Luis Leopoldo Sepúlveda Núñez, por la forma en que se produjo, lo que por sí solo constituye un daño moral que debe compensarse por el Fisco de Chile.
Fallo
fallo de casación que precede, se reiteran sus motivos cuarto a octavo. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Que de los hechos asentados en autos surge, de manera inconcusa, que los actores a Laura Ester Sepúlveda Núñez, José Merin Sepúlveda Núñez, Emperatriz del Carmen Sepúlveda Núñez, Máximo Aurelio Sepúlveda Núñez y María Marisol Sepúlveda Núñez han padecido dolor, sufrimiento y angustia por la detención y posterior desaparición de su hermano Luis Leopoldo Sepúlveda Núñez, por la forma en que se produjo, lo que por sí solo constituye un daño moral que debe compensarse por el Fisco de Chile. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 170, 186, 187 y 227 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 6, 38 y 19 Nros. 22 y 24 de la Constitución Política de la República, se confirma la sentencia apelada de veinte de marzo de dos mil veinte, Rol N° C-2388-2018, del 4° Juzgado Civil de Talca. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del Ministro Sr. Valderrama. Rol N° 94.432-2021. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., la Ministra Sra. María Teresa Letelier R., y los Abogados Integrantes Sr. Diego Munita L., y Sra. Leonor Etcheberry C. No firma el Ministro Sr. Dahm, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar con feriado legal.
Texto Completo (Preview)
1 Santiago, dieciséis de enero de dos mil veintitrés. En cumplimiento de lo prescrito en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo: Del fallo de casación que precede, se reiteran sus motivos cuarto a octavo. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Que de los hechos asentados en autos surge, de manera inconcusa, que los actores a Laura Ester Sepúlveda N
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