FISCALIA FISCALIA LOCAL C/ JUAN CARLOS PALOMERA MARTINEZ
Rol
Fecha
11 de julio de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, la defensa apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Bulnes, de cuatro de julio del actual, que decreta la prisión preventiva de Juan Carlos Palomera Martínez, formalizado por el delito de robo en lugar no habitado, en carácter de frustrado. Indica que los hechos investigados, darían cuenta de una actuación no imputable, por tratarse de una tentativa desistida, conforme a lo cual decae la necesidad de cautela. 2°.- Que, el Ministerio Público solicita la confirmación de la resolución apelada, atendidos los hechos que constan en la carpeta investigativa, los que expone, y darían cuenta de que, en relación a la tentativa desistida, invocada por la defensa, no existen antecedentes que den cuenta de que el imputado haya cesado en su actuar por una circunstancia distinta a la llegada de Carabineros. Agrega que el encartado registra múltiples condenas por delitos contra la propiedad. 3°.- Que, en relación a la tentativa desistida alegada por la defensa, se trata de una cuestión de fondo que deberá ser resuelta en la sentencia definitiva, en su oportunidad. 4°.- Que, en relación a la necesidad de cautela, teniendo especialmente presente los antecedentes pretéritos del encartado, esta Corte es del parecer que la medida privativa de libertad decretada por el a-quo, es necesaria para garantizar la seguridad de la sociedad. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada, de cuatro de julio de dos mil veinticinco, que decreta la prisión preventiva de Juan Carlos Palomera Martínez. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Gallardo, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada, teniendo especialmente en cuenta que, en la especie, resulta plausible entender que la necesidad de cautela se circunscribe a un peligro de fuga del imputado, lo anterior teniendo en cuenta la dinámica de los hechos y la discusión jurídica respecto del grado de ejecu
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C.A. de Chillán GIP/ Chillán, once de julio de dos mil veinticinco. Visto: 1°.- Que, la defensa apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Bulnes, de cuatro de julio del actual, que decreta la prisión preventiva de Juan Carlos Palomera Martínez, formalizado por el delito de robo en lugar no habitado, en carácter de frustrado. Indica que los hechos investigados, darían cuenta de
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