TRANSMISORA VALLE ALLIPEN S.A./HUENCHUMÁN
Rol
Fecha
11 de julio de 2025
Materia
LEY INDÍGENA (ART.56 DE LA LEY 19.253
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se tiene además presente: Primero: Que consta de la sentencia definitiva materia de estos recursos que la sentenciadora Sra. Natalia Estefany Ferrada Retamal, Jueza suplente del Primer Juzgado Civil de Temuco, declaró en la causa Rol N° C-1874-2021 de aquel Tribunal: rechazar las excepciones dilatorias deducidas por los demandados, rechazar la demanda de cumplimiento de contrato e indemnización de perjuicios en juicio especial indígena interpuesta por Transmisora Valle Allipén S.A. en contra de Francisco Favio Huenchumán Reyes y de Sonia Vanessa Huenchumán Reyes y dispone que cada parte pagará sus costas. Segundo: Que en contra de esta sentencia se alzaron Román Gómez Contreras, abogado por la parte demandante, solicitando por los
Fundamentos
fundamentos que señala que, conociendo del recurso revoque en todas sus partes la sentencia de primera instancia, y en su lugar resuelva acoger la demanda de cumplimiento de contrato de promesa e indemnización de perjuicios interpuesta en todas sus partes, declarando: que se hace lugar al cumplimiento forzado del contrato de promesa e indemnización de perjuicios por los daños ocasionados a su representada, que la parte demanda se encuentra en mora de cumplir con la obligación de gestionar la autorización de CONADI para gravar el predio, que se ordene el cumplimiento íntegro del contrato de promesa de servidumbre suscrito, incluyendo la tramitación efectiva de dicha autorización y la posterior suscripción del contrato definitivo; que se fije un plazo para obtener la autorización; y, en subsidio, que se oficie por el Tribunal para gestionarla y firmar la escritura en representación de los demandados. Asimismo, pidió que se declare el incumplimiento contractual, se ordene indemnizar los perjuicios reservando su determinación para la etapa de cumplimiento y se condene en costas a los demandados. Y, para el caso de rechazar el presente arbitrio, solicita eximir a su representada del pago de costas. Jaime Moraga Carrasco, abogado de la parte demandada, dedujo apelación en contra de la sentencia de la Jueza A Quo, solicitando a este Tribunal confirmar la sentencia en alzada, con declaración de que acojan las alegaciones formuladas en primera instancia, particularmente respecto de la nulidad del contrato de promesa por ineficacia del contrato prometido e infracción a la Ley N° 19.253. Tercero: Que la acción intentada por la actora persigue el cumplimiento de un contrato de promesa de constitución de servidumbre, supeditado a una condición que a juicio de esta corte se encuentra indeterminada, por lo que no resulta exigible su cumplimiento y el demandado no se encuentra en mora. Además consta de clausula décimo sexta del contrato de promesa celebrado que las partes otorgaron mandato especial a un abogado, a quien se facultó para requerir las autorizaciones necesarias a fin de cumplir con las solicitudes y trámites necesarios para obtener lo acordado, estando ambas partes habilitadas para requerir los servicios del mandatario. Cuarto: Que en consecuencia, en la presente causa no se aprecia un incumplimiento contractual actual ni exigible, por lo que no corresponde acceder a la demanda de cumplimiento forzado ni a la indemnización de perjuicios solicitada, debiendo confirmarse la sentencia apelada por compartir sus fundamentos esenciales.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1545, 1551 y 1554 del Código Civil, los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: Que SE CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha siete de septiembre del dos mil veintitrés, escrita a folio 79 en el cuaderno principal. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1760-2023. (csd)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, once de julio de dos mil veinticinco. Vistos: Se tiene además presente: Primero: Que consta de la sentencia definitiva materia de estos recursos que la sentenciadora Sra. Natalia Estefany Ferrada Retamal, Jueza suplente del Primer Juzgado Civil de Temuco, declaró en la causa Rol N° C-1874-2021 de aquel Tribunal: rechazar las excepciones dilatorias deducidas por los demandad
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