SIN INFORMACION

ROLDÁN CABRERA ALAN VALDO/JUZGADO LETRAS DE LA LIGUA

Rol

Fecha

11 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1 comparece don Juan Carlos Silva Quezada, abogado, quien deduce acción constitucional de amparo preventivo en favor de don Alan Valdo Roldán Cabrera, empresario, en contra del Juzgado de Letras de La Ligua, por estimar que la orden de arresto dictada en su contra constituye una amenaza ilegal a su libertad personal, en contravención de lo dispuesto en el artículo 19 N° 7, letra b), de la Constitución Política de la República. Expone que en la causa Rol P-29-2024, seguida ante el Juzgado de Letras de La Ligua, en la que AFP Provida demanda a la empresa Agrícola La Cabrera SpA por deudas previsionales, se individualizó como representante legal a don Alan Valdo Roldán Cabrera. En ese contexto, se notificó el mandamiento de ejecución y se requirió de pago a la empresa el 2 de abril de 2024, en el domicilio “Parcela 39, sector El Carmen, La Ligua”, el cual en realidad no correspondía al domicilio vigente registrado ante el SII, que sería “Parcela 40-A” del mismo sector. Por lo expuesto, el amparado promovió un incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, el cual fue acogido por el tribunal mediante resolución de 7 de agosto de 2024, fijándose esa misma fecha como el momento en que se tuvo por válidamente notificado del procedimiento de cobro. A juicio del recurrente, esta decisión dejó sin efecto una serie de actuaciones previas, entre ellas liquidaciones, tasación de costas, una orden de arresto de 12 de julio de 2024 y el respectivo oficio a la PDI de 18 de julio del mismo año. Señala que posteriormente, por decisiones administrativas de su representado, con fecha 30 de diciembre de 2024 se modificaron los estatutos sociales de Agrícola La Cabrera SpA, designándose como nueva representante legal a doña Romina Andrea Boniche González. No obstante, sostiene que el 17 de abril de 2025 el tribunal dictó una nueva orden de arresto en su contra, medida que fue objeto de reposición el 23 de abril del mismo año, invocando precisamente

Fundamentos

considerando además el informe acompañado por la administradora de fondos de pensiones, conforme al cual en sus registros solo figura don Alan Roldán Cabrera como representante legal de la ejecutada. Sostiene que el apremio dictado se fundó en el artículo 12 del mismo cuerpo legal, cuya finalidad es asegurar el cumplimiento de una obligación legal de carácter alimentario, no siendo asimilable a una prisión por deuda. Señala que, conforme consta en certificado de 3 de julio del presente año, el amparado consignó la suma de $2.523.664 correspondiente a la deuda capital. Finalmente, hace presente que con fecha 27 de junio de 2025 (folio 89), el apoderado del amparado interpuso recurso de rectificación, aclaración o enmienda, respecto del cual se confirió traslado a la parte ejecutante, dictándose autos para resolver el 8 de julio del presente, pendiente de resolución. Con lo expuesto y considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por medio de ese arbitrio, se solicita que se deje sin efecto la orden de arresto dictada el 17 de abril de 2025 en contra de don Alan Valdo Roldán Cabrera, en el marco de la causa Rol P-29-2024 seguida ante el Juzgado de Letras de La Ligua, y que se disponga la improcedencia de dictar nuevas medidas de apremio en su contra, por cuanto no ostentaría la calidad de representante legal de la empresa ejecutada, Agrícola La Cabrera SpA, y habría consignado íntegramente la deuda capital objeto del procedimiento ejecutivo por cotizaciones previsionales. Tercero: Que, conforme consta de los antecedentes acompañados y específicamente del tenor de la resolución de 24 de abril de 2025 dictada en la causa Rol P-29-2024 del Juzgado de Letras de La Ligua, la orden de arresto despachada en contra del amparado fue suspendida, mientras se resolvía el recurso de reposición planteado por el apoderado del amparado. Cuarto: Que, posteriormente, en resolución de 23 de junio de 2025 se rechazó el recurso de reposición deducido por el apoderado del amparado, al estimarse que este mantiene la calidad de representante legal de la empresa ejecutada, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 17.322. En lo resolutivo de dicha resolución, se ordenó que, una vez ejecutoriada, se diera cumplimiento a lo dispuesto en el folio N° 61 de 17 de abril de 2025, despachándose la correspondiente orden de arresto conforme al artículo 12 del mismo cuerpo legal. Sin embargo, consta que con posterioridad el apoderado del recurrente dedujo recurso de aclaración, rectif

Fallo

Por lo expuesto, el amparado promovió un incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, el cual fue acogido por el tribunal mediante resolución de 7 de agosto de 2024, fijándose esa misma fecha como el momento en que se tuvo por válidamente notificado del procedimiento de cobro. A juicio del recurrente, esta decisión dejó sin efecto una serie de actuaciones previas, entre ellas liquidaciones, tasación de costas, una orden de arresto de 12 de julio de 2024 y el respectivo oficio a la PDI de 18 de julio del mismo año. Señala que posteriormente, por decisiones administrativas de su representado, con fecha 30 de diciembre de 2024 se modificaron los estatutos sociales de Agrícola La Cabrera SpA, designándose como nueva representante legal a doña Romina Andrea Boniche González. No obstante, sostiene que el 17 de abril de 2025 el tribunal dictó una nueva orden de arresto en su contra, medida que fue objeto de reposición el 23 de abril del mismo año, invocando precisamente el cambio de representación legal. Sin embargo, mediante resolución de “23 de junio de 2025” (sic), el tribunal rechazó dicha reposición, ratificando la orden de arresto por un monto de $5.804.622. Alega que dicha resolución contendría dos ilegalidades, la primera, por cuanto se mantuvo una orden de arresto en circunstancias que ya no es el representante legal de la empresa, y la segunda, por cuanto en dicha orden se incluirían costas procesales de 4 de julio de 2024 ya dejadas sin efecto, así

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I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de julio de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1 comparece don Juan Carlos Silva Quezada, abogado, quien deduce acción constitucional de amparo preventivo en favor de don Alan Valdo Roldán Cabrera, empresario, en contra del Juzgado de Letras de La Ligua, por estimar que la orden de arresto dictada en su contra constituye una amenaza ilegal a su libertad per

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