SIN INFORMACION

ST GERMAIN / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA 60D.

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Marcelo Carvallo Contreras interpone recurso de protección en favor de Guetson St. Germain, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°25.274.415-0, en contra del Servicio Nacional de Migraciones en razón de haber incurrido en una omisióń ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la falta de pronunciamiento respecto de su solicitud de nacionalización formulada el 23 de julio de 2024. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada, con expresa condena en costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informó que mediante la Resolución Exenta N°376822, de 19 de diciembre de 2017, se otorgó al recurrente el permiso de permanencia definitiva, el que se encuentra actualmente vigente. En relación a la petición de nacionalización, señala que esta fue solicitada el 23 de julio de 2024, encontrándose la tramitación en la etapa de “Primer Análisis” desde esta última fecha. Explica que la carta de nacionalización es una gracia que se concede en razón del mérito de quien la solicita, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente, los que detalla. Sostiene que el artículo 27 de la Ley Nº19.880, señala que el plazo del procedimiento administrativo podrá ser mayor a 6 meses cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, lo que ha ocurrido en la especie, debido al aumento exponencial de los flujos migratorios hacia el país, lo cual tuvo por consecuencia un aumento importante en la cantidad de solicitudes recibidas por la autoridad. Expone, además, que al mantener los recurrentes residencia definitiva no sufren perjuicio alguno por la falta de pronunciamiento definitivo de sus solicitudes. Finalmente, solicita el rechazo de la presente acción constitucional de protección en todas sus partes por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que prive, perturbe o amenace el l

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Guetson St. Germain, y se ordena al Servicio Nacional de Migraciones dar tramitación a la solicitud del recurrente hasta concluir lo que a ese organismo le corresponda en el proceso en curso, en el plazo de sesenta días, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Anamaria Quintero Harvey quien fue de parecer de rechazar el presente recurso de protección teniendo en consideración para ello lo siguiente: 1°.- Que, el acto que se denuncia por la presente acción constitucional consiste en la supuesta falta de tramitación u omisión ilegal o arbitraria de la recurrida en dar respuesta a la solicitud de nacionalización. 2°.- Que, tal como ha sostenido la Excma. Corte Suprema, (Rol N°38340- 2016 de 3 de agosto de 2017), dichas demoras no pueden calificarse de ilegales, pues el plazo de seis meses establecido por el artículo 27 de la Ley N°19.880 no constituye uno de carácter fatal. En el mismo sentido se ha pronunciado reiteradamente la Contraloría General de la República, como se señala en el Dictamen E81089N21, de 26 de febrero de 2017. Ello se justifica en el hecho de que, salvo excepciones legales determinadas, la existencia de plazos para las actuaciones o el ejercicio de

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San Miguel, once de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Marcelo Carvallo Contreras interpone recurso de protección en favor de Guetson St. Germain, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°25.274.415-0, en contra del Servicio Nacional de Migraciones en razón de haber incurrido en una omisióń ilegal que perturba la garantía fundamenta

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