14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FAÚNDEZ PALO ANGEL/PÉREZ CASTRO ÁLVARO LTE

Rol

32411-2022

Fecha

13 de enero de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLES RECURSOS DE CASACIÓN FORMA Y FONDO

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1º.- Que en este procedimiento sumario Rol N° C-1502-2020 seguido ante el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, caratulado “Faúndez Palo Ángel/ Pérez Castro Álvaro”, la parte demandada recurre de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de diez de junio del año en curso, que confirmó el fallo de primera instancia de diecisiete de enero del presente año que acogió la demanda, resolviendo: a) Dar por terminado con esta fecha el contrato de arrendamiento que rige a las partes, de fecha 26 de julio de 2018, respecto del inmueble materia de autos, por no pago de rentas, habiéndose efectuado las reconvenciones legales; b) Condenar a la demandada, a restituirlo, totalmente desocupado y libre de todo ocupante, dentro de tercero día, contado desde que la presente sentencia cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza pública; c) Condenar a los demandados al pago de las rentas adeudadas al actor, correspondiente a los meses que median entre octubre de 2019 y enero de 2020, ambas inclusive y a todas las rentas devengadas durante la secuela del juicio, desde el mes de febrero de 2020 y hasta la restitución del inmueble, debiendo deducirse de dicha suma la cantidad total de $11.001.096, correspondiente a los pagos efectuados por la demandada; d) Que las sumas señaladas deberán ser pagadas debidamente reajustadas, según liquidación que se practicará en la oportunidad procesal pertinente; e) Condenar a los demandados al pago de la multa establecida en la cláusula tercera de la convención que rige a las partes, ascendente a 0,5 UF por cada día de atraso o fracción de el, a contar del día 06 del mes respectivo y f) Condenar a los demandados al pago de los servicios básicos devengados durante la tramitación del presente juicio. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA. 2°.- Que el recurrente fundamenta su recurso expresando que el fallo cuestion

Fundamentos

considerando que los sentenciadores han tenido por configurado tal incumplimiento, la exigencia que se viene relacionando obligaba al recurrente a denunciar la normativa aplicada para resolver la cuestión litigiosa, cual es, la desarrollada en los artículos 1915 y 1977 del Código Civil y artículo 10 de la Ley 18.101. Al no hacerlo, el arbitrio adolece de un vacío que la Corte no puede subsanar dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso intentado. Y de conformidad además a lo prevenido en los artículos 772, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

fallo de primera instancia de diecisiete de enero del presente año que acogió la demanda, resolviendo: a) Dar por terminado con esta fecha el contrato de arrendamiento que rige a las partes, de fecha 26 de julio de 2018, respecto del inmueble materia de autos, por no pago de rentas, habiéndose efectuado las reconvenciones legales; b) Condenar a la demandada, a restituirlo, totalmente desocupado y libre de todo ocupante, dentro de tercero día, contado desde que la presente sentencia cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza pública; c) Condenar a los demandados al pago de las rentas adeudadas al actor, correspondiente a los meses que median entre octubre de 2019 y enero de 2020, ambas inclusive y a todas las rentas devengadas durante la secuela del juicio, desde el mes de febrero de 2020 y hasta la restitución del inmueble, debiendo deducirse de dicha suma la cantidad total de $11.001.096, correspondiente a los pagos efectuados por la demandada; d) Que las sumas señaladas deberán ser pagadas debidamente reajustadas, según liquidación que se practicará en la oportunidad procesal pertinente; e) Condenar a los demandados al pago de la multa establecida en la cláusula tercera de la convención que rige a las partes, ascendente a 0,5 UF por cada día de atraso o fracción de el, a contar del día 06 del mes respectivo y f) Condenar a los demandados al pago de los servicios básicos devengados durante la tramitación del presente juicio. EN CUANTO AL R

Texto Completo (Preview)

Santiago, trece de enero de dos mi veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1º.- Que en este procedimiento sumario Rol N° C-1502-2020 seguido ante el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, caratulado “Faúndez Palo Ángel/ Pérez Castro Álvaro”, la parte demandada recurre de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de diez de ju

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica