JUZGADO DE LETRAS DE TOCOPILLA

DÍAZ/HORTA

Rol

Fecha

10 de julio de 2025

Materia

INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.169 LEY TRÁNSITO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: En estos autos, Rol Corte 1363-2024, que corresponden al ingreso C-242-2022 del Juzgado de Letras de Tocopilla, Susana Ivonne Díaz Vega, interpuso demanda de indemnización de perjuicios en juicio sumario en contra de Ricardo Esteban Horta Herrera, y de Francis Andrea Sonia Figueroa Navarro, por la responsabilidad que le corresponde a los demandados en el accidente ocurrido el 2 de agosto de 2017, en circunstancias que Horta Herrera conducía el automóvil taxi colectivo de propiedad de la demandada Figueroa Navarro; y en el cual se transportaba la madre de la demandante Sonia Walda Vega Hernández de 68 años de edad al momento de la colisión, quien resultó con severos daños a raíz del accidente. En síntesis, señala que su madre sufrió serios daños, ya que aumentó sus enfermedades, como la diabetes, hipertensión arterial y la enfermedad de Alzheimer que es consecuencia del estado de postración e inactividad a la que quedó reducida, perdiendo gradual y penosamente todo contacto con la realidad, con sus recuerdos y seres queridos, ocasionándose muchos perjuicios y gastos hasta su fallecimiento en enero de 2022. Reclama una indemnización de $40.600.000, que corresponde $10.600.000 por concepto de daño emergente, y la suma de $30.000.000 por daño moral, en razón de la afectación psicológica y/o emocional que ha sufrido por presenciar el crudo e inevitable deterioro y posterior muerte de su madre, con costas. La parte demandada al contestar la demanda pidió su rechazo, por no existir nexo causal entre el hecho y el daño que se demanda. Por sentencia de veintidós de octubre de dos mil veinticuatro, se acoge la demanda solo en cuanto se condena solidariamente a los demandados a pagar a título de indemnización a la demandante la cantidad de $15.000.000 por concepto de daño moral, disponiéndose que cada parte pagará sus costas. En contra de esta sentencia, la demandada solidaria dedujo recurso de apelación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos 10°, 15° y siguientes, que se eliminan; y se tiene en su lugar, además, presente: PRIMERO: Que la demanda de autos solo puede entenderse como una acción indemnizatoria de daño por repercusión o rebote; es decir, aquel perjuicio que sufre una persona a raíz del hecho dañoso que ha sufrido otra persona con la cual se encuentra relacionada, ya que la demandante funda su acción en el accidente que sufrió su madre el 2 de agosto de 2017, lo cual le significó a su progenitora de 68 años de edad, sufrir lesiones graves, y además según la actora, se agravaron las enfermedades de base que padecía su madre, y también contraer la enfermedad de Alzheimer, lo que le significó a la madre serios padecimientos que culminaron con su fallecimiento el 18 de enero de 2022, es decir, después de casi cinco años del accidente. SEGUNDO: Que la sentenciadora a quo para dar lugar a la demanda por daño moral, tuvo por establecidos los siguientes hechos: 1.- Los hechos en que se funda la demanda se produjeron por causa imputable al conductor del vehículo colectivo placa patente HTVP-72, se incorporó junto a la demanda Acta de audiencia en procedimiento simplificado penal RIT 227-2018, en virtud del cual el Juzgado de Garantía de Tocopilla dictó sentencia condenatoria, firme y ejecutoriada, por la cual el imputado, Ricardo Esteban Horta Herrera, fue condenado a la pena de 300 días de prisión menor en su grado mínimo, suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena en su calidad de autor de los cuasidelitos de homicidio, en contra de Roberto Eduardo Ríos Frías (Q.E.P.D), y de lesiones graves en contra de Susana Walda Vega Hernández, madre de la demandante (considerando Sexto) 2.- Que la víctima Susana Walda Vega Hernández, madre de la demandante, ingresó al Hospital Clínico Regional Antofagasta el 2 de agosto de 2017 con una fractura bilateral de cadera y policontusa; fue sometida a una intervención quirúrgica de la cual no pudo recuperarse de manera satisfactoria; fue ingresada al programa de dependencia severa y requirió de rehabilitación kinésica, traumatológica, educación en el hogar y tratamiento farmacológico; luego del accidente tuvo dificultades para dormir y concluir el sueño lo que se produjo por pesadillas relacionadas con el accidente; y la víctima tenía enfermedades de base hipertensión arterial, diabetes mellitus II e Hipotiroidismo, (considerando Séptimo) 3.- Que el vehículo en que se transportaba la madre de la demandante, al tiempo del accidente, era de propiedad de la demandada solidaria Francis Andrea Sonia Figueroa Navarro (considerando Octavo) 4.- Que, al fallecer la madre de la demandante, se encontraba aquejada de la enfermedad de Alzheimer. TERCERO: Que los hechos señalados, permiten dar por establecido que el accidente que origina el juicio ocasionó consecuencias dañinas para la madre de la actora, todo lo cual quedó suficientemente acreditado con

Fallo

se declara que SE RECHAZA en todas sus partes la demanda de autos, sin costas. Regístrese y comuníquese. Rol 1363-2024 (Civil)  Redacción del ministro titular Eric Sepúlveda Casanova. 2

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, diez de julio de dos mil veinticinco. VISTO: En estos autos, Rol Corte 1363-2024, que corresponden al ingreso C-242-2022 del Juzgado de Letras de Tocopilla, Susana Ivonne Díaz Vega, interpuso demanda de indemnización de perjuicios en juicio sumario en contra de Ricardo Esteban Horta Herrera, y de Francis Andrea Sonia Figueroa Navarro, por la responsabilidad que le corresponde a los d

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