JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CHILLAN

INOSTROZA CON EASY ADMINISTRADORA SPA

Rol

Fecha

10 de julio de 2025

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos realizó la magistrada, fundado en los fallos de la Excelentísima Corte Suprema, en los cuales se concluye la improcedencia de la imputación consagrada en el artículo 13 de la Ley, pese a que el artículo 52 del mismo cuerpo legal expresamente lo considera para el caso del despido injustificado, indebido o improcedente, cualquier hubiera sido la casal aplicada por el empleador. También manifestó que, con esta interpretación, se está avalando un enriquecimiento ilegítimo y sin causa, que está incentivando el cuestionamiento del despido con el único objeto de obtener un monto adicional al incremento establecido en el artículo 168 del Código del Trabajo como sanción al despido injustificado, cuestión que no está acorde con los principios de equidad básicos de nuestro ordenamiento jurídico. Por otra parte expresa que la errada interpretación y aplicación de los artículos 13 y 52 de la Ley N°19.728, conllevó en la sentencia recurrida a declarar como improcedente el descuento de los aportes efectuados en la cuenta individual de AFC Chile S.A. del actor, lo cual implica la condena por $600.863, error de derecho que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, desde que, de no mediar, el tribunal de la instancia no habría declarado como improcedente para su representada el efectuar el descuento de los aportes efectuados por la parte empleadora durante la vigencia de la relación laboral en la cuenta individual de cesantía del actor en AFC Chile S.A. Termina solicitando se acoja el recurso y sin nueva vista de la causa, proceda a dictar una sentencia de reemplazo, declarando que la misma es nula por afectarle el vicio contemplado en la segunda hipótesis del inciso primero del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con los artículos 13 y 52 de la Ley N° 19.728, habiendo sido dictada con infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, en lo referido a la declaración contenida en la sentencia que prohíbe proceder con el descuent

Fundamentos

considerando: 1°.- Que, el abogado don Luis Fernando Maturana Crino, en representación de la demandada, EASY ADMINISTRADORA SpA., dedujo causal de nulidad parcial, en contra de la sentencia definitiva, prevista en el artículo 477, toda vez que ha sido dictada con infracción a la ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo Expresa, en síntesis, que se infringió el artículo 13 de la Ley N° 19.728, que “Establece un Seguro de Desempleo”, el cual no hace distinción respecto de la calificación del despido, sino que sólo alude a la causal de término de la relación laboral y las indemnizaciones legales correspondientes. En esa misma línea, la declaración de improcedente de un despido por la causal de necesidades de la empresa, únicamente trae como sanción aparejada un recargo legal del 30% por sobre la indemnización por años de servicios del trabajador, no siendo procedente, según lo dispone el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, sancionar a su representada de una forma no prevista por el legislador. En razón de lo expuesto, es que aun cuando se estime que el despido del actor es de carácter improcedente, dicha declaración no modifica la causal invocada la cual se mantiene tal y como fue planteada por el empleador, esto es, que el despido se produjo por la causal del artículo 161 inciso primero del Código de Trabajo, por lo tanto, no corresponde la declaración de improcedencia de la imputación del aporte del seguro de cesantía realizado por el empleador a las indemnizaciones por años de servicios del actor. Señalar lo contrario, es decir, la declaración del Magistrado contenida en la sentencia recurrida implicaría necesariamente modificar la causal legal de despido de la actora, siendo en la especie, la causal de término del contrato la impuesta por la sentencia judicial y no la est

Texto Completo (Preview)

Chillán, diez de julio de dos mil veinticinco. V I S T O: En esta causa RIT: M-515-2024 RUC: 24-4-0629158-4, el abogado don Luis Fernando Maturana Crino, por la demandada, EASY ADMINISTRADORA SpA, dedujo recurso de nulidad parcial, en contra de la sentencia definitiva dictada el 21 de febrero último, por el Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, don Sergio Dunlop Echavarría, e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica