ANONIMIZADO
Rol
Fecha
10 de julio de 2025
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N° 19.968, y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada, de fecha doce de febrero de dos mil veinticinco, rectificada el trece del mismo mes y año, dictada por la jueza del Juzgado de Familia de Copiapó, doña Gabriela Varela Ledermann. Regístrese y devuélvase. N°Familia-77-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, diez de julio de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N° 19.968, y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada, de fecha doce de febrero de dos mil veinticinco, rectificada el trece del mismo mes y año, dictada por la jueza del Juzgado de Familia de Copiapó,
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