LATAM AIRLINES GROUP S.A./
Rol
Fecha
10 de julio de 2025
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
motivos décimo segundo y décimo tercero, que se eliminan. Y, se tiene en su lugar presente: Primero: Que en lo que hace al daño moral, este supone una aflicción o dolencia mayor que el malestar que naturalmente ha de causar una situación como la que vivió la demandante, tiene que traducirse en una afectación sicológica que debe acreditarse en juicio, en cuanto a su origen y extensión y, hecho ello, se regulará prudencialmente el monto indemnizatorio que se otorgará. Así, el daño moral debe ser justificado por quien lo invoca, y atento la regla prevista en el artículo 1698 del Código Civil, correspondía al actor probar su existencia. Segundo: Que nada de ello ocurrió en estos autos pues la parte demandante no allegó probanza alguna para demostrar la existencia del daño moral reclamado, por lo que el recurso de apelación deducido por el demandado será acogido en esta parte.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se resuelve: I.- Se revoca la sentencia apelada de veintitrés de enero de dos mil veintitrés, por el 1° Juzgado de Policía Local de Las Condes, en aquella parte que condena a la demandada a pagar a título de daño moral la suma de $300.000.- (trescientos mil pesos) y se declara que se rechaza lo demandado por dicho concepto. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 504-2023 Local.
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados doña Ana Raveau y don Carlos Stevenson por y contra el recurso. Santiago, 10 de julio de 2025. Florencia Sáez Bugmann, relatora. Santiago, diez de julio de dos mil veinticinco. Al escrito folio N° 14, 15 y 16: Téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus motivos décimo segundo y décimo tercero, que
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