VALENZUELA ALFARO CRISTIAN CONTRA JUZGADO DE GARANTÍA DE LOS ANDES
Rol
2961-2023
Fecha
13 de enero de 2023
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproducen los
Fundamentos
motivos 1 y 2 de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y teniendo en su lugar además presente: Que no es controvertido que el Juzgado de Garantía, luego de suspender el procedimiento de conformidad al artículo 458 del Código Procesal Penal, dispuso en el mes de Julio del año recién pasado la internación provisoria del imputado en el Hospital Philippe Pinel, al tiempo que requirió que el mismo centro asistencial evacuara la pericia psiquiátrica correspondiente, no siendo ejecutadas ninguna de dichas medidas hasta el día de hoy, a pesar de las gestiones realizadas por el Juzgado de Garantía de Los Andes y del tiempo transcurrido, inactividad que lesiona el derecho a la libertad personal y seguridad individual del amparado respecto de quien se presume puede encontrarse en una situación de enajenación mental y que deberá ser subsanada por esta Corte acogiendo el recurso deducido en la forma que se indicará en lo resolutivo. Y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de seis de enero de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 9-2023, y, en su lugar,
Fallo
se declara que se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de Cristian Alfredo Valenzuela Alfaro debiendo procederse por el Hospital Psiquiátrico Dr. Philippe Pinel a ingresar dentro del plazo de 72 horas hábiles, desde que se decrete el cúmplase de esta resolución, al referido amparado, conforme fue ordenado por el Juzgado de Garantía de los Andes con fecha ocho de julio de dos mil veintidós en causa Rit 232-2022, debiendo el referido Tribunal disponer lo pertinente a fin de que se ejecute lo resuelto por esta Corte supervisando el cumplimiento de la orden de ingreso y pericia decretadas en su oportunidad. Comuníquese lo resuelto por la vía más expedita al juzgado de Garantía de Los Andes y al Hospital Psiquiátrico Dr. Philippe Pinel de Putaendo. Se previene que los Ministros Sres. Brito y Llanos, si bien estuvieron por revocar la sentencia en alzada y acoger el recurso de amparo fueron del parecer de dejar sin efecto la medida de internación provisional respecto de Cristian Alfredo Valenzuela Alfaro, al entender que dicha medida, atendido el tiempo transcurrido y el informe allegado por la defensa, que desvirtúa la peligrosidad para sí o para terceros del imputado, llevan a concluir que resulta innecesario mantener la internación que el Juzgado de Garantía de Los Andes dispuso en su oportunidad respecto del amparado Regístrese y devuélvase Rol N° 2.961-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de enero de dos mil veintitrés. Al escrito folio 5304-2023: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproducen los motivos 1 y 2 de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y teniendo en su lugar además presente: Que no es controvertido que el Juzgado de Garantía, luego de suspender el procedimiento de conformidad al artículo 458 del Código Procesal Penal, dispuso en el mes d
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