MONTENEGRO CON CATALÁN
Rol
Fecha
10 de julio de 2025
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
CONFIMADA
Hechos
Vistos: Que, además de no haberse iniciado aún el juicio arbitral, el Código Civil dispone que antes de procederse a la partición deben decidirse por la justicia ordinaria las controversias sobre los derechos que se tengan sobre la masa partible como también en las que se aleguen derechos exclusivos sobre bienes que no deban entrar en ella. Por lo razonado y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha tres de abril de dos mil veinticinco, dictada en la causa Rol C-2921-2024, del Primer Juzgado de Letras de Rengo. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 581-2025-Civil
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, diez de julio de dos mil veinticinco. Vistos: Que, además de no haberse iniciado aún el juicio arbitral, el Código Civil dispone que antes de procederse a la partición deben decidirse por la justicia ordinaria las controversias sobre los derechos que se tengan sobre la masa partible como también en las que se aleguen derechos exclusivos sobre bienes que no deban entrar
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