GOMARA ROJAS RAFAEL ANDRE/14° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
9 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que los abogados Ciro Colombara López, Aldo Díaz Canales y Pamela Contreras Matus, en representación del señor Rafael Gomara Rojas, interponen recurso de amparo constitucional en contra del magistrado Mauricio Iván Pontino Cortés del 14° Juzgado de Garantía de Santiago, por haber dictado resolución de fecha 28 de mayo de 2025 que amplió el plazo de investigación en 50 días en la causa RIT 1987-2023, RUC 2300246818-2, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que dicha extensión resulta innecesaria y producto de una ineficiente dirección de la investigación por parte del Ministerio Público, fundándose en diligencias meramente dilatorias que pudieron haberse realizado con anterioridad, vulnerando con ello los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°7 letra b) de la Constitución Política de la República, específicamente la libertad personal y el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, por lo que solicita se deje sin efecto la resolución recurrida y se aperciba el cierre de la investigación. En relación con los antecedentes fácticos que sustentan la presente acción, el recurrente señala que el señor Rafael Gomara Rojas fue formalizado el 3 de noviembre de 2023 en el marco de la causa RIT 1987-2023 seguida ante el 14° Juzgado de Garantía de Santiago, por hechos que constituirían los delitos de asociación delictiva, receptación de bienes provenientes de redes de suministro, delitos tributarios y lavado de activos. En dicha oportunidad, a solicitud del Ministerio Público y querellantes, el tribunal decretó prisión preventiva, medida cautelar que se ha mantenido de manera ininterrumpida hasta la fecha, llevando el amparado privado de libertad más de 16 meses. Asimismo, expone que según la formalización, el señor Gomara Rojas sería uno de los líderes de una agrupación delictiva dedicada a la sustracción de material tipo cobre pertenecie
Fundamentos
considerando que no se trata de delitos de extrema gravedad y que la investigación lleva casi tres años en curso desde su inicio en 2022. Según el recurso, se han vulnerado los derechos constitucionales del recurrente consagrados en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, específicamente la libertad personal contemplada en su letra b), al mantenerse privado de libertad por un plazo que excede lo razonable, y la garantía establecida en la letra e) del mismo precepto, toda vez que la prisión preventiva debe ser necesaria para la investigación o seguridad, circunstancia que no concurre al haberse extendido injustificadamente el plazo por diligencias dilatorias, infringiéndose asimismo el derecho a ser juzgado en un plazo razonable consagrado en los artículos 7.5 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 8.1 del mismo instrumento internacional.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare admisible la acción constitucional de amparo, ordenando restablecer el imperio del derecho mediante la anulación de la resolución de fecha 28 de mayo de 2025 que amplió el plazo de investigación en 50 días, disponiendo en su lugar el apercibimiento de cierre de la investigación. Subsidiariamente, en un otrosí solicita se revoque la medida cautelar de prisión preventiva por considerarse que sobrepasa el plazo razonable, sin perjuicio de la continuación del procedimiento. SEGUNDO: Que en cumplimiento de lo ordenado por esta Corte, el juez recurrido procedió a evacuar el informe correspondiente a través del magistrado Patricio Souza Béjares, Juez de Turno del 14º Juzgado de Garantía de Santiago, quien expuso que efectivamente Rafael Gomara Rojas actualmente se encuentra en prisión preventiva desde el 3 de noviembre de 2023, dirigiéndose la presente acción constitucional en contra la resolución dictada en audiencia de fechas 28 y 29 de mayo de 2025 que aumentó el plazo de investigación en 50 días. Al respecto, sostiene que la defensa estima innecesario el aumento del plazo, considerando que la investigación ha tenido una deficiente dirección por parte del Ministerio Público, toda vez que se ha aumentado el plazo de investigación en 320 días en el curso del procedimiento. No obstante, el tribunal informa que desestimó la petición de la defensa y ordenó la ampliación del plazo en 50 días, basa
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C.A. de Santiago Santiago, nueve de julio de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que los abogados Ciro Colombara López, Aldo Díaz Canales y Pamela Contreras Matus, en representación del señor Rafael Gomara Rojas, interponen recurso de amparo constitucional en contra del magistrado Mauricio Iván Pontino Cortés del 14° Juzgado de Garantía de Santiago, por haber dictado resoluci
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