SIN INFORMACION

CALDERON CALDERON, MARÍA VIRGINIA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

9 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Pablo Peñaloza Parra, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en favor de María Virginia Calderón Calderón, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N°25.034.963-7, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones por no dictar el respectivo acto administrativo pronunciándose respecto a la solicitud de carta de nacionalización formulada por la recurrente. Como garantía vulnerada indica aquella contenida en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que el 01 de octubre de 2021 la recurrente solicitó su nacionalización, sin que a la fecha haya obtenido respuesta de la recurrida. Sostiene que la Administración ha excedido largamente los plazos legales máximos para emitir una decisión, vulnerándose así los principios de inexcusabilidad, celeridad, y conclusivo, todos recogidos en la Ley N°19.880, y afectando su garantía de igualdad ante la ley. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada, y en definitiva ordenar a la recurrida resolver la solicitud planteada por la actora. SEGUNDO: Que, de forma previa a evacuar el informe sobre el recurso, compareció el Servicio Nacional de Migraciones oponiendo excepción de cosa juzgada. Al respecto, expresa que la actora recurrió de protección ante la Ilma. Corte de Apelaciones de Santiago, la que mediante sentencia de 19 de marzo de 2025 resolvió acoger el recurso y ordenar al servicio que resuelva la solicitud de nacionalización ‘presentada el 01 de octubre de 2021 dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la ejecutoriedad del fallo, lo que se produjo el 23 de marzo pasado. Afirma que en su oportunidad se informó a esa Ilma. Corte que la tramitación de la solicitud ante el Servicio Nacional de Migraciones había concluido mediante la remisión de los antecedentes al Ministerio del Interior para su decisión. Sostiene en el presente recurso se reclama igualmente por la falta de un pronunciamiento terminal respecto a la solicitud de nacionalización de la actora formulada el 01 de octubre de 2021, verificándose entre esta causa y aquella conocida previamente por la Ilma. Corte de Apelaciones de Santiago los requisitos de la triple identidad previstos en el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, lo que necesariamente conlleva su rechazo con costas. TERCERO: Que, el traslado de la excepción de cosa juzgada se tuvo por evacuado a folio 08 de esta carpeta virtual. Además, se certificó a folio 6 por la Sra. secretaria de esta Corte que “revisada la causa Rol N° 1156-2025 protección de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, a través del módulo de atención de público en SITCORTE, se constata que corresponde a un recurso de protección cuya materia es la omisión en el pronunciamiento sobre solicitud de nacionalización efectuada el 01 de octubre de 2021 (N° solicitud 31582136), interpuesto en favor de la recurrente doña María Virginia Calderón Calderón, cédula nacional de identi

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve: I.- Que, acoge la excepción de cosa juzgada. II.- Que, se rechaza el recurso de protección en favor de María Virginia Calderón Calderón. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°984-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

Calderon Calderon, María Virginia Servicio Nacional de Migraciones Recurso de protección Rol N°984-2025 La Serena, nueve de julio de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Pablo Peñaloza Parra, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en favor de María Virginia Calderón Calderón, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N°25.034.963-7, y en con

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