ANONIMIZADO
Rol
Fecha
9 de julio de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Los antecedentes de la causa y
Fundamentos
considerando que el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece que solo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación y las que se pronuncien sobre medidas cautelares, ninguna de cuyas hipótesis se corresponde con la resolución apelada y visto además lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fecha ocho de enero dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Castro, que...
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, nueve de julio de dos mil veinticinco. Vistos: Los antecedentes de la causa y considerando que el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece que solo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación y las que se pronuncien sobre medidas cautelares, ninguna de cuyas hipótesis se corres
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