FL AH C/ LUIS FERNANDO DIAZ GUTIERREZ
Rol
Fecha
9 de julio de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
hechos y la reincidencia específica del imputado en delitos de la misma naturaleza, antecedentes que en su conjunto permiten concluir que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; y considerando, además, lo establecido en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha treinta de junio de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva del imputado LUIS FERNANDO DIAZ GUTIERREZ. Regístrese y devuélvase. Rol N° Penal-491-2025.
Fundamentos
fundamentos esgrimidos por el Tribunal a quo para decretar la prisión preventiva, siendo suficientes los antecedentes expuestos por el Ministerio Público para desestimar la alegación de la defensa en cuanto a la falta de participación, presumiéndose ésta fundadamente a partir del reconocimiento efectuado por la víctima y un testigo, el hallazgo de un arma blanca en poder del imputado y las lesiones constatadas en el afectado; y que la necesidad de cautela se encuentra justificada por la gravedad de la pena asignada al delito de robo con violencia, que tiene carácter de crimen, la forma de comisión de los hechos y la reincidencia específica del imputado en delitos de la misma naturaleza, antecedentes que en su conjunto permiten concluir que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; y considerando, además, lo establecido en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha treinta de junio de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva del imputado LUIS FERNANDO DIAZ GUTIERREZ. Regístrese y devuélvase. Rol N° Penal-491-2025.
Texto Completo (Preview)
Iquique, nueve de julio de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Los argumentos expuestos por los intervinientes en estrado, los fundamentos esgrimidos por el Tribunal a quo para decretar la prisión preventiva, siendo suficientes los antecedentes expuestos por el Ministerio Público para desestimar la alegación de la defensa en cuanto a la falta de participación, presumiénd
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