MP C/ ALBERTO ARTURO CARRASCO CASTRO
Rol
Fecha
9 de julio de 2025
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en la audiencia de preparación del juicio oral de este proceso RIT N° 638-2014, RUC N° 2400112883-K, seguido ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, y en lo que interesa para este recurso, se hizo lugar a la petición de exclusión de prueba formulada por la defensa del imputado, específicamente, en primer término, de los partes denuncias Nos 795 y 8105 de la Cuadragésima Quinta Comisaría y de la Cuadragésima Novena Comisaría de Carabineros de Chile de 29 de enero de 2024 y 14 de octubre de 2023, fundada en lo dispuesto en el artículo 334 del Código Procesal Penal. Segundo: Que con arreglo al inciso primero de este último precepto, salvo en los casos previstos en los artículos 331 y 332, no se podrá incorporar o invocar como medios de prueba ni dar lectura durante el juicio oral, a los registros y demás documentos que dieren cuenta de diligencias o actuaciones realizadas por la policía o el ministerio público. Ahora bien, la norma que regula las causales de exclusión de prueba es el artículo 276 del señalado Código, de conformidad al cual el juez de garantía, luego de examinar las pruebas ofrecidas y escuchar a los intervinientes que hubieren comparecido a la audiencia, ordenará fundadamente que se excluyan de ser rendidas en el juicio oral aquellas que fueren manifiestamente impertinentes, las que tuvieren por objeto acreditar hechos públicos y notorios, las que provinieren de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas y aquellas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales. Tercero: Que, como puede advertirse, la exclusión de pruebas únicamente puede sustentarse en las cuatro hipótesis que señala la ley en este precepto y en las que eventualmente se contemplen en disposiciones especiales, como acontece con el inciso primero del artículo 316 en relación al informe de peritos. En el caso de la especie la decisión del tribunal a quo se ha sustentado en la prohibición de rend
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en el inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de dos de junio del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT N° 638-2024, en virtud de la cual se excluyó de la prueba ofrecida por el Ministerio Público en el escrito de acusación la singularizada bajo los Nos 11, 12, 23 y 24, y en su lugar se declara que se la incorpora al auto de apertura del juicio oral, rechazándose, en consecuencia, la solicitud de la defensa en tal sentido. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Penal-2828-2025. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, nueve de julio de dos mil veinticinco. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-2828-2025 Ruc: 2400112883-K Rit: O-638-2024 Juzgado: 2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jaime Balmaceda Errazuriz, señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Abogado Integrante señor Renee Rivero Hurtado Relator: Claudia Roco Digitador: Alejandro Gálvez Fiscal:
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