PACHECO/ROJAS
Rol
C-601-2022
Fecha
6 de septiembre de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Con fecha 22 de julio de 2023 comparece don Raimundo Ernesto Rojas Rioseco, ejecutado, solicitando “la nulidad de todo lo obrado, por falta de requerimiento”. El compareciente señala que hace cinco días que tuvo conocimiento de la existencia del juicio de autos, agrega que en los autos laborales RIT T-518-2020 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en que se declaró la existencia de la obligación que se ejecuta en autos, fue señalada por la propia demandante, en su escrito del Folio Nº 29 de esa carpeta electrónica, como dirección de este demandado, el de Avda. 21 de Mayo Nº 2030, departamento 103B, Cerro Placeres, Valparaíso. Antes, la demandante había mal informado como su domicilio, en su escrito del Folio Nº 10 “CALLE EL MEMBRILLO Nº 3171, BLOCK D, departamento 4, Miraflores Alto.”(sic), en circunstancias que el número correcto del departamento es 40, y antes, al presentar la demanda, sólo había informado la calle y número de mi domicilio, omitiendo el número del block y del departamento, la carta certificada mediante la cual se me pretendía requerir de pago fue enviada, según consta en la actuación del 17 de noviembre de 2022 de este proceso a “El Membrillo 3171, VALPARAÍSO”; es decir, ni siquiera fue dirigida a la ciudad correcta, de manera que jamás he sido requerido legalmente, de modo alguno. Así las cosas, al no haber sido requerido de pago, este procedimiento adolece de un vicio que le irroga el evidente perjuicio de no poder defenderse, por lo que pide, previa tramitación incidental, declarar la nulidad de todo lo obrado por no haberse practicado el requerimiento, tener por deducido dentro de plazo este fundado incidente de nulidad procesal de todo lo obrado por falta de requerimiento, darle tramitación incidental y, en definitiva, dar lugar al mismo, con expresa condena en costas. 2° No consta en autos haberse evacuado el traslado por parte del ejecutante. 3° Revisado los autos RIT T-518-2020 del Juzgado de Le
Fallo
se resuelve derechamente el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de requerimiento: Vistos y teniendo presente: 1° Con fecha 22 de julio de 2023 comparece don Raimundo Ernesto Rojas Rioseco, ejecutado, solicitando “la nulidad de todo lo obrado, por falta de requerimiento”. El compareciente señala que hace cinco días que tuvo conocimiento de la existencia del juicio de autos, agrega que en los autos laborales RIT T-518-2020 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en que se declaró la existencia de la obligación que se ejecuta en autos, fue señalada por la propia demandante, en su escrito del Folio Nº 29 de esa carpeta electrónica, como dirección de este demandado, el de Avda. 21 de Mayo Nº 2030, departamento 103B, Cerro Placeres, Valparaíso. Antes, la demandante había mal informado como su domicilio, en su escrito del Folio Nº 10 “CALLE EL MEMBRILLO Nº 3171, BLOCK D, departamento 4, Miraflores Alto.”(sic), en circunstancias que el número correcto del departamento es 40, y antes, al presentar la demanda, sólo había informado la calle y número de mi domicilio, omitiendo el número del block y del departamento, la carta certificada mediante la cual se me pretendía requerir de pago fue enviada, según consta en la actuación del 17 de noviembre de 2022 de este proceso a “El Membrillo 3171, VALPARAÍSO”; es decir, ni siquiera fue dirigida a la ciudad correcta, de manera que jamás he sido requerido legalmente, de modo alguno. Así las cosas, al no haber sido requerid
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maz Valparaíso, seis de septiembre de dos mil veintitrés. Atendido el mérito de lo resuelto con fecha 1 de septiembre de 2023 por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, se resuelve derechamente el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de requerimiento: Vistos y teniendo presente: 1° Con fecha 22 de julio de 2023 comparece don Raimundo Ernesto Rojas Rioseco, ejecutado, solic
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