SIN INFORMACION

GARCÍAMARINADO JAVIERA/23° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

8 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Javiera García Marinado, abogada, en representación de la sociedad demandada “Jorge Sepúlveda González Clínica Medicina y Estética E.I.R.L.”, con relación a los autos de primera instancia caratulados “Itaú-Corpbanca S.A. con Jorge Sepúlveda González Clínica Medicina y Estética E.I.R.L.”, Rol C-3.136-2023, tramitados ante el 23º Juzgado de Civil de Santiago, e interpone recurso de hecho contra la resolución dictada el 25 de abril de 2025 -Folio N°12 del cuaderno de incidente de abandono del procedimiento-, en virtud de la cual no se concedió el recurso de apelación interpuesto por esa parte con fecha 14 de marzo de 2025, a fin de que se acoja a tramitación y en definitiva el presente recurso de hecho. Señala que con fecha 29 de octubre de 2024, interpuso incidente de abandono del procedimiento, por haber transcurrido con creces más de seis meses desde la última gestión útil verificada en el procedimiento por parte de la ejecutante, que el 10 de marzo de 2025 -Folio N°6 del cuaderno de incidente de abandono del procedimiento-, el tribunal A quo rechazó el incidente interpuesto. Precisa que con fecha con fecha 14 de marzo de 2025 -Folio N°8 del cuaderno de incidente de abandono del procedimiento- esa parte interpuso recurso de apelación en contra de la resolución precedentemente citada. Arguye que con fecha 9 de abril de 2025 -Folio N°10 del cuaderno de incidente de abandono del procedimiento- el tribunal A quo resolvió no elevar los autos a esta Iltma. Corte, por cuanto consideró que esa parte en referido recurso habría utilizado un lenguaje inapropiado, con expresiones del tipo “inexcusable su actuar negligente” referido al abandono del procedimiento reclamado, ordenando suprimir dichas frases dentro de tercer día, bajo apercibimiento de tenerse por no presentado el recurso. Sostiene que el tribunal a quo yerra en no conceder directamente el recurso de apelación presentado por esa parte, debiendo haber sido éste

Fallo

por tanto a firme. Dicha resolución aplicó, como se dijo anteriormente, la norma disciplinaria del artículo 531 número 1 del Código Orgánico de Tribunales, mediante la cual se tuvo por no presentado el escrito de apelación. Por dicho motivo, la resolución de veinticinco de abril de dos mil veinticinco no era susceptible de recurso alguno, en especial aquél que la parte denuncia como denegado, motivo por el cual se rechazará el hecho deducido. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por Javiera García Marinado, abogada, en representación de la sociedad demandada “Jorge Sepúlveda González Clínica Medicina y Estética E.I.R.L.”, en relación a los autos de primera instancia caratulados “Itaú-Corpbanca S.A. con Jorge Sepúlveda González Clínica Medicina y Estética E.I.R.L.”, Rol C-3.136-2023, tramitados ante el 23º Juzgado de Civil de Santiago, en contra de la resolución dictada el veinticinco de abril de dos mil veinticinco. Comuníquese, regístrese y archívese. N°Civil-7020-2025. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra Sra. Jenny Book Reyes y conformada por el Ministro (S) Sr. Carlos Escobar Salazar y el Abogado Integrante Sr. Cristián Parada Bustamante.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Javiera García Marinado, abogada, en representación de la sociedad demandada “Jorge Sepúlveda González Clínica Medicina y Estética E.I.R.L.”, con relación a los autos de primera instancia caratulados “Itaú-Corpbanca S.A. con Jorge Sepúlveda González Clínica Medicina y Estética E.I.R

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica