CARVAJAL CON PINO
Rol
Fecha
8 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
VISTOS: De la sentencia anulada, se reproducen su parte expositiva,
Fundamentos
considerando primero y segundo, Se elimina su considerando tercero y en lo resolutivo el punto I.4. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Del
Fallo
fallo precedente, recurso, alegato de la parte demandante y reflexiones mantenidas de la sentencia anulada, se desprende, como primera cuestión, que el actor demandó en la presente causa a objeto se declarara la relación laboral y se le indemnizara por daño moral, los perjuicios sufridos por accidente de trabajo. SEGUNDO: En efecto, analizada la sentencia y los elementos probatorios descritos y examinados en los fundamentos de la sentencia anulada que se han reproducido, el documento acompañado en segunda instancia, la acción debe ser acogida en virtud del mandato de la regla impositiva contenida en el artículo 456 del Código del ramo, que establece “El tribunal apreciará la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Al hacerlo, el tribunal deberá expresar las razones jurídicas y las simplemente lógicas, científicas, técnicas o de experiencia, en cuya virtud les asigne valor o las desestime. En general, tomará en especial consideración la multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia y conexión de las pruebas o antecedentes del proceso que utilice, de manera que el examen conduzca lógicamente a la conclusión que convence al sentenciador.” TERCERO: Que de lo anterior- queda claro- sin que genere discusión que el día 15 de octubre de 2022, producto del accidente laboral ocurrido, el recurrente sufrió una fractura de su tobillo izquierdo, debiendo ser intervenido y debiendo realizarse rehabilitación kinesiológica. Que de los documentos acompañados a la causa da cuenta
Texto Completo (Preview)
Rancagua, ocho de julio de dos mil veinticinco. En cumplimiento con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 478 del Código del Trabajo, acto seguido y sin nueva vista de la causa, se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo. VISTOS: De la sentencia anulada, se reproducen su parte expositiva, considerando primero y segundo, Se elimina su considerando tercero y en lo resolutivo
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