SIN INFORMACION

BELLO/CARABINEROS DE CHILE

Rol

Fecha

8 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurre de protección don José Daniel Bello Inostroza, ex Sargento de Carabineros, y en contra de Carabineros de Chile, organismo que, a través del Jefe (S) de la 7ª Zona de Carabineros Maule, don Pedro Vargas Bravo, quien emitió la Resolución Exenta N° 5, de fecha 5 de enero de 2025 que confirma la baja de las filas de Carabineros de Chile, ordenada el 27 de julio de 2019. Expone en su recurso como antecedentes de hecho, que el día 27 de julio de 2019, que tuvo un altercado con don Mario Barra, residente de la comuna de Longaví, a raíz de una infracción de tránsito cursada por el recurrente. La discusión entre ambos se prolongó hasta el domicilio de Barra, donde el recurrente concurrió para representarle al ya señalado ciudadano que la infracción habría sido correctamente cursada. La confrontación que llegó al empleo de violencia física, se prolongó hasta la propia Subcomisaría. En ese lugar, el recurrente intentó que el señalado señor Barra y unos acompañantes, quienes venían a reclamar del proceder de aquel, fueran detenidos, pero no obtuvo el concurso de sus compañeros y, antes bien, quedó detenido por apremios ilegítimos. Incorpora en su relato, de igual manera, los antecedentes penales del citado Mario Barra, concluyendo que, en su concepto, se trata de un delincuente de la comuna de Longaví, ampliamente conocido por los funcionarios policiales de la comuna citada, por lo que le otorga los calificativos de “conflictivo y problemático”. Cuenta, de igual forma, que en una causa seguida por estos hechos ante el Juzgado de Garantía de Linares, el Ministerio Publico comunicó la decisión de no perseverar. Tan decisión, acordada en el citado Tribunal, le sirve al recurrente para tratar de “falacia” al sumario administrativo seguido en su contra y de “infundada” la acusación en su contra. Hace presente que los funcionarios que declararon en el sumario seguido en su contra mintieron y también que el procedimiento sumaria fue invalidado. Señala, asimismo, que apeló en seis oportunidades desde 2019 a las decisiones que decidían sobre la baja de las filas de la institución. También revela que efectuó una denuncia en sede de la Fiscalía Militar de Talca, por el delito de detencion albitraria e incumplimiento de deberes militares, realizándose un juicio con todos los involucrados. Solicita que la resolución recurrida sea invalidada, porque los asesores jurídicos que participaron son los mismos que habrían revisado el sumario en la fecha que me habrian dado de baja con fecha 28 de julio del año 2019, y hace presente que estos mismos asesores juridicos concurrieron en forma prescencial a la Fiscalia Militar de Talca en defensa de todos los involucrados que procedieron a su detención. Afirma que el procedimiento sumarial ha sido injusto e irregular, y en él sufrió discriminación, falta de garantías y que no se atendió a su delicada situación de salud. Cuestiona las imputaciones de falta de profesionalismo que se le atribuye

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, con costas, la acción constitucional deducida por  don José Daniel Bello en razón de habérsele desvinculado de Carabineros de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad.  Redacción del abogado Integrante Rodrigo Medina Jara. Rol N° 260-2025/Protección.

Texto Completo (Preview)

Talca, ocho de julio de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurre de protección don José Daniel Bello Inostroza, ex Sargento de Carabineros, y en contra de Carabineros de Chile, organismo que, a través del Jefe (S) de la 7ª Zona de Carabineros Maule, don Pedro Vargas Bravo, quien emitió la Resolución Exenta N° 5, de fecha 5 de enero de 2025 que confirma la baja de las filas

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