JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO

MP C/ LUIS ANTONIO MENDEZ VIDAL

Rol

Fecha

8 de julio de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídas las intervinientes que participaron en esta audiencia, reiterando los argumentos dados por el sentenciador de primera instancia, en especial las circunstancias de que los hechos no son discutidos y que el imputado reconoce haber estado en el lugar de los mismos, unido a la gravedad de la pena asignada a uno de los ilícitos por los que fue formalizado, lo cual en este estado de la investigación resulta suficiente para estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de treinta de junio del año en curso, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado LUIS ANTONIO MÉNDEZ VIDAL, inserta en la carpeta virtual RIT 1-4933-2025 del Juzgado de Garantía de Curicó. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-944-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, ocho de julio de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídas las intervinientes que participaron en esta audiencia, reiterando los argumentos dados por el sentenciador de primera instancia, en especial las circunstancias de que los hechos no son discutidos y que el imputado reconoce haber estado en el lugar de los mismos, unido a la gravedad de l

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