MORALES ALFARO ARANZA KATTALEYA/ SUCESION GILBERTO PARDO VEGA Y OTRO
Rol
Fecha
7 de julio de 2025
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, teniendo presente que la contienda entre las partes se tramita conforme el procedimiento de menor cuantía y que la resolución recurrida no se encuentra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 698 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil, por lo que el juez a quo debió tener por interpuesto el mencionado recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio, motivo por el cual se omitirá pronunciamiento sobre el recurso de apelación deducido por la parte demandada en contra de la resolución de ocho de mayo de dos mil veinticinco, debiendo devolverse los antecedentes al tribunal de primera instancia, para que sean relevados en su oportunidad. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 907-2025 Civil.-
Fallo
se decide: VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, teniendo presente que la contienda entre las partes se tramita conforme el procedimiento de menor cuantía y que la resolución recurrida no se encuentra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 698 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil, por lo que el juez a quo debió tener por interpuesto el mencionado recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio, motivo por el cual se omitirá pronunciamiento sobre el recurso de apelación deducido por la parte demandada en contra de la resolución de ocho de mayo de dos mil veinticinco, debiendo devolverse los antecedentes al tribunal de primera instancia, para que sean relevados en su oportunidad. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 907-2025 Civil.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, siete de julio de dos mil veinticinco. Atendido los antecedentes esgrimidos por la parte recurrente, como se pide, se acoge el recurso de reposición impetrado en contra de la resolución de fecha uno de julio de dos mil veinticinco, y, en su lugar, se decide: VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, teniendo presente que la contienda entre las partes se tramita conforme el procedimiento de menor cuan
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