ANONIMIZADO
Rol
Fecha
7 de julio de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo especialmente presente: Atendido el mérito de los antecedentes, particularmente el cumplimiento de la edad que hizo cesar los alimentos demandados en estos autos de lo que se sigue que no se advierte la necesidad de las medidas de apremio solicitadas, en tanto que estos no procuran el sustento de los alimentarios. Y atendido además lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de once de julio de dos mil veinticuatro, dictada en los autos RIT N° Z-497-2012, seguidos ante el 1° Juzgado de Familia de Santiago. Se previene que el Ministro (S) señor...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de julio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 19: téngase presente. Vistos y teniendo especialmente presente: Atendido el mérito de los antecedentes, particularmente el cumplimiento de la edad que hizo cesar los alimentos demandados en estos autos de lo que se sigue que no se advierte la necesidad de las medidas de apremio solicitadas, en tanto que estos no pro
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