C/ GERONIMO MIRANDA MARTINEZ
Rol
Fecha
8 de julio de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y, de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley 18.216, se confirma, en lo apelado, la sentencia de trece de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, en aquella parte que ordenó el cumplimiento efectivo de las penas a las que fueron condenados Gerónimo Miranda Martínez y Cristian Ariel Condori Berna, como autores del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, en modalidad de transporte. Regístrese, comuníquese, notifíquese y devuélvase. N°Penal-1789-2025. En Valparaíso, ocho de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a ocho de julio de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 10:17 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra Sra. Nancy Bluck Bahamondes e integrada por los Ministros Suplentes Sr. Rodrigo Cortés Gutiérrez y Sra. Sara Covarrubias Naser, para la vista del recurso
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica