SIN INFORMACION

GODOY AGUILERA/ISAPRE CONSALUD S.A.

Rol

Fecha

7 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Luis Gerardo Clavero Sepúlveda, en representación de Claudio Andrés Godoy Aguilera, quien interpone acción constitucional de protección en contra de Isapre Consalud S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente haber alzado el plan de salud del recurrente, incrementando su precio final, por la incorporación de una prima extraordinaria, lo que vulnera las garantías consagradas en el artículo 19 N°s 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que su representada recibió una carta el 25 de octubre de 2025 a través de la cual se le informa que su plan de salud aumentará de 7.356 UF a 10.472 UF, fundada en la incorporación de una prima extraordinaria ordenada por el artículo 3° de la ley N°21.674, sin mejora alguna en su plan de salud. Argumenta que el incremento supera el 10% establecido en la Circular IF 482. Además, señala que la forma de cálculo es insuficiente y poco clara, impidiendo al afiliado hacer valer sus derechos. Añade que la "Prima Extraordinaria" es en realidad un aumento unilateral y permanente del precio del plan, sin contraprestación, vulnerando los derechos adquiridos. También expone que la Isapre traslada el riesgo empresarial al afiliado. Aduce que la Ley Corta N° 21.674 contradice los fallos de la Excma. Corte Suprema que no permitían recalcular o modificar los precios de los planes de salud con la aplicación de la tabla única, y que incluso preveían devoluciones a los afiliados. Añade que dicha modificación vulnera su derecho de propiedad sobre el contrato de salud (Art. 19 N° 24), la protección de la salud (Art. 19 N° 9), y la igualdad ante la ley (Art. 19 N° 2). En definitiva, solicita que se acoja el recurso y se declare que el alza en el precio final del plan de salud es arbitraria e ilegal, y que la recurrida debe conservar las condiciones pactadas dejando sin efecto el alza desmedida, con expresa condenación en costas. Segundo: Que la recurrida

Fallo

por tanto, se tenga por evacuado el informe y rechazar el recurso, con costas. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales, contemplado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbare ese ejercicio. Surge de lo transcrito, que es requisito indispensable para que pueda prosperar la mentada acción cautelar que exista un acto u omisión ilegal, esto es, contrario a la ley, o bien, arbitrario, entendiéndose por tal aquél que es fruto del mero capricho de quien lo ejecuta o incurre en él, debiendo provocar, además, alguna de las situaciones ya indicadas y que afecte una o más de las garantías constitucionales protegidas. Cuarto: Que, sin perjuicio de lo que se dirá al hacerse cargo la Corte del fondo de la cuestión planteada, la alegación de extemporaneidad formulada por la recurrida corresponde sea acogida, pues, al tenor de lo dispuesto en el N° 1 del Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, efectivamente aparece que el recurso de protección fue interpuesto transcurrido con creces el término fatal de 30 días corridos contados desde la ejecución del acto que lo motiva. Quinto: Que el acto que se considera ilegal y arbitrario en est

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Luis Gerardo Clavero Sepúlveda, en representación de Claudio Andrés Godoy Aguilera, quien interpone acción constitucional de protección en contra de Isapre Consalud S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente haber alzado el plan de salud del recurrente,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica