SIN INFORMACION

MUNSTER PARADA BASTIÁN ALFREDO/SEGUNDO JUZGADO DE POLICÍA LOCAL DE LAS CONDES

Rol

Fecha

4 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Felipe Madrid Castro, quien interpone acción constitucional de amparo en representación de Bastián Alfredo Munster Parada, y en contra de la resolución del Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes, por infringir y/o amenazar sus garantías constitucionales al decretar la medida sustitutiva de reclusión nocturna, amenazando gravemente su libertad personal, su integridad psíquica, y su seguridad individual. Expone que el amparado es el representante legal de la empresa Dualtron SpA, dedicada esencialmente a la comercialización de productos de electromovilidad, la cual, en razón de las consecuencias aparejadas a la pandemia de Covid 19, sufrió atrasos en determinadas entregas. En dicho contexto señala que doña Laura Quinteros Hernández interpuso querella infraccional por contravención a la Ley Nº 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, además de una demanda conjunta de indemnización de perjuicios autónoma, habida cuenta de que si bien su producto fue entregado, dicha entrega fue realizada con meses de demora. Manifiesta que en la causa antedicha, conocida por el 2º Juzgado de Policía Local de las Condes, se dictó sentencia definitiva el 23 de agosto de 2024, condenando a su parte al pago de $200.000 por concepto de daño emergente, al pago de $100.000 por concepto de daño moral, y al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales, señalando respecto del último concepto, que este no ha sido pagado en razón de su estado financiero. Señala la parte recurrente que en el mes de mayo del año en curso fue notificado de resolución dictada en dicha causa, el día 27 del mismo mes, disponiendo despachar una orden de reclusión nocturna en su contra, por el término de 15 días, por vía de sustitución y apremio, en razón de encontrarse impaga la multa antes singularizada. La resolución cita el artículo 23 de la Ley Nº 18.287 sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local. Refie

Fallo

fallo singularizado se encontraría ajustada a derecho. Tercero: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República, consagra la denominada acción de amparo y dispone, en lo pertinente, que: “Todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá́ ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que esta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado”. De igual forma, el inciso tercero de dicho precepto señala que “El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. La respectiva magistratura dictará en tal caso las medidas indicadas en los incisos anteriores que estime conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado”. Cuarto: Que, por cierto, tampoco se da en el caso en análisis la hipótesis del inciso final de la norma constitucional citada, pues se impugna directamente una decisión judicial materializada en una resolución de un tribunal competente, en un caso previsto por la ley, la que se encuentra plenamente fundada. Además, ya existía una sentencia ejecutoriada, de 23 de agosto de 2024, que d

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de julio de dos mil veinticinco. Al folio 14: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Felipe Madrid Castro, quien interpone acción constitucional de amparo en representación de Bastián Alfredo Munster Parada, y en contra de la resolución del Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes, por infringir y/o amenazar sus gar

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica