ADRIAN CASTILLO PALENCIA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
4 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Diego Alonso Calderón Castillo, interponiendo recurso de protección en favor del niño Adrián David Castillo Palencia, de 10 años de edad, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto consistente en archivar la solicitud de residencia temporal, por medio de la Resolución Exenta N° 24585075, perturbando el derecho a la igualdad ante la ley y el debido proceso. Señala que en el mes de octubre de 2021 el niño, natural de Venezuela, de 7 años de edad en ese momento, ingresó a Chile por paso no habilitado, junto con su grupo familiar, conformado por sus padres y sus dos hermanos. Que con fecha 26 de agosto de 2024 se hizo una solicitud de residencia temporal, subcategoría niño, niña y adolescente, sin que se acompañar a la misma el pasaporte, toda vez que en su país de origen los documentos de identidad se entregan solo desde los 9 años de edad, que el recurrente cumplió en Chile, siendo imposible la obtención de documento dadas las trabas que existen para la obtención de citas en la embajada de Venezuela. Explica que el 24 de octubre de 2024 se recibió una comunicación en que se informaba que la solicitud estaba incompleta, por no haberse presentado el documento de identificación. Ante esto, dentro del plazo legal, se acompañó un acta de nacimiento, documento por medio del cual se puede conocer la identidad, por los datos que contiene y el reconocimiento de filiación que otorga, documento que está debidamente apostillado. No obstante lo anterior, por la resolución recurrida, de 18 de diciembre de 2024, el Servicio archivó la solicitud, por la ausencia de documento que acreditase la identidad del niño, no pudiendo verificarse la identidad ni la filiación o tutela del niño con quien realiza la solicitud en su representación, cuestión que, por las razones antes indicadas, considera ilegal y arbitraria. Segundo: Que el servicio recurrida informa el recurso. Expone que el niño Adrián David Castillo
Fallo
por tanto acogerla. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge la acción de protección en favor del niño Adrián David Castillo Palencia contra el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo esta institución, dentro de tercero día de ejecutoriado este fallo, poner los antecedentes a disposición de la autoridad encargada de la protección de los niños, niñas y adolescentes, conforme a la legislación vigente, con el objeto de resguardar sus derechos y obtener certeza acerca de la identidad que echa en falta, otorgando a esta solicitud carácter preferente, debiendo proseguir, luego, con la tramitación procedente destinada a otorgarle el permiso de residencia temporal que ha requerido. Regístrese y archívese. N°Protección-1710-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de julio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 17: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Diego Alonso Calderón Castillo, interponiendo recurso de protección en favor del niño Adrián David Castillo Palencia, de 10 años de edad, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto consistente en archivar la solicitud
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