SIN INFORMACION

ZULEIDY LAIKELY ROMERO PORTILLO CON POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

4 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece doña Zuleidy Laikely Portillo, de nacionalidad venezolana, domiciliada en David Martínez 14, sector Riachuelo, comuna de Río Negro, quien deduce recurso de reclamación en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, no señala más antecedentes, solicitando se deje sin efecto la orden de expulsión en su contra. Reconoce que ingresó al país por un paso no habilitado por razones de fuerza mayor. Señala que reside en la región de Los Lagos, que trabaja en la empresa Quilacoya SpA, que no tiene antecedentes penales, que no tiene posibilidades de volver a Venezuela y que desea regularizar su situación migratoria en el país. Acompaña acta de notificación de medida de expulsión, la resolución exenta n° 24478011 del Servicio Nacional de Migraciones, que expulsa a la reclamante del territorio nacional, y copia de su contrato de trabajo. Informando el recurso, don Elver Noriega Artega, abogado, en representación de la Dirección Regional de la Región de Los Ríos del Servicio Nacional de Migraciones, pide su rechazo, exponiendo que la resolución exenta que expulsa del país a la extranjera recurrente, ha sido dictada por la autoridad competente, con estricto apego a las normas vigentes en materia migratoria y con suficientes fundamentos. Añade que no consta registro sobre el ingreso de la reclamante al territorio nacional por medio de paso fronterizo habilitado. Sumado a lo anterior, por medio de Informe Policial N°131 de fecha 16 de mayo 2024 emitido por Policía de Investigaciones de Osorno, se denuncia el ingreso al país de forma irregular, eludiendo el control respectivo. Prosigue indicando que de conformidad a lo establecido en el artículo 132 bis de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería, mediante acta de Notificación de fecha 16 abril 2024, procedente de la Policía de Investigaciones de Chile, se informó a la persona extranjera, del inicio de un procedimiento sancionatorio seguido en su contra por infringir la legislación migratoria vigente, otor

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la reclamante impugna la actuación realizada por la Policía de Investigaciones de Chile mediante la cual se le informó de la medida de expulsión del territorio nacional, comunicación que únicamente le daba conocimiento de la resolución exenta N°24478011 del Servicio Nacional de Migraciones, acto administrativo que efectivamente dispuso su expulsión. SEGUNDO: Sin perjuicio de la prevención anterior, de los antecedentes aportados tanto por la reclamante como por Servicio Nacional de Migraciones, es menester concluir que el acto recurrido se hizo en estricto cumplimiento de la normativa migratoria vigente, cumpliéndose los pasos necesarios para la debida inteligencia de aquel, así como de la situación migratoria irregular de la reclamante, cuyas consecuencias fueron informadas en su oportunidad por la autoridad competente.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 141 de la ley 21.325, se RECHAZA, sin costas, el recurso interpuesto por doña Zuleidy Laikely Portillo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Déjese sin efecto la suspensión de la medida de expulsión ordenada en el folio 3. Comuníquese a Policía de Investigaciones, Departamento de Migraciones y Policía Internacional por la vía más expedita al efecto. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N° Contencioso Administrativo-22-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, cuatro de julio de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece doña Zuleidy Laikely Portillo, de nacionalidad venezolana, domiciliada en David Martínez 14, sector Riachuelo, comuna de Río Negro, quien deduce recurso de reclamación en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, no señala más antecedentes, solicitando se deje sin efecto la orden de expulsión en su contra

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